2º Juzgado de Letras de Quillota

VALENCIA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA

Rol

C-232-2021

Fecha

14 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 19 de febrero de 2021, comparece don JAIME ALBERTO VALENCIA DE LA FUENTE, profesor, domiciliado en de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota, y deduce demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva de cuotas insolutas que afectan al inmueble de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota, rol 00184-0052, de su propiedad, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su alcalde, Dr. Luis Mella Gajardo, médico cirujano, domiciliado en calle Maipú número 330, de Quillota, a fin de que se declare la prescripción de las cuotas insolutas por concepto de aseo domiciliario , desde el año 2003 al 2008, por cuanto, ha transcurrido el plazo para que dichas acciones prescriban. Funda su demanda, señalando que en los registros municipales, en las nóminas de cuotas de aseo, se encuentra deuda por tal concepto, que afecta al inmueble referido, desde el año 2011. Que, el artículo 2321 del código civil, expresa que las acciones a favor o en contra del fisco o las municipalidades, provenientes de cualquier clase de impuestos, prescribe en tres años. Que, con fecha 06 de abril de 2021 contesta la demandada. Que, con fecha 12 de abril de 2021, replica la demandante. Que, con fecha 13 de abril de 2021, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, con fecha 19 de febrero de 2021, comparece don JAIME ALBERTO VALENCIA DE LA FUENTE, profesor, domiciliado en de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota, y deduce demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva de cuotas insolutas que afectan al inmueble de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota, rol 00184-0052, de su propiedad, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su alcalde, Dr. Luis Mella Gajardo, médico cirujano, domiciliado en calle Maipú número 330, de Quillota, a fin de que se declare la prescripción de las cuotas insolutas por concepto de aseo domiciliario , desde el año 2003 al 2008

Fallo

se declarará en definitiva. SEXTO. Que la prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto, además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493,2513 y 2515 del Código Civil, 144, 160, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida con fecha 19 de febrero de 2021, deducida por don JAIME ALBERTO VALENCIA DE LA FUENTE, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra Foja: 1 prescrita la acción de la demandada para el cobro de derechos municipales por concepto de extracción de basura de la propiedad de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota devengados desde el año 2011 hasta el año 2015, ambos inclusive. II.-Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, catorce de Abril de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla

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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-232-2021 CARATULADO : VALENCIA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA Quillota, catorce de Abril de dos mil veintiuno. Vistos: Que, con fecha 19 de febrero de 2021, comparece don JAIME ALBERTO VALENCIA DE LA FUENTE, profesor, domiciliado en de pasaje Emilio Cierani N° 248 de la comuna de Quillota

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