BUSTOS/INMOBILIARIA SANTANDER S.A.
Rol
O-4041-2021
Fecha
13 de junio de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos, 3, 7, 32, 41, 42, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 445, 453, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por MARÍA OLVIDO BUSTOS JORQUERA contra de las DEMANDADAS INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., SUPERMERCADOS MONSERRAT S.A.C., e INMOBILAIRIA SANTANDER S.A., todas individualizadas previamente, se declara: Que las demandadas constituyen una unidad económica debiendo responder solidariamente del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley, de los contratos individuales o de instrumentos colectivos. Que el despido sufrido por la trabajadora con fecha 19 de abril de 2021 es injustificado, al tratarse de un despido verbal, por las razones expuestas precedentemente, estimándose que el término de los servicios se produjo por necesidades de la empresa en aquella fecha, debiendo las demandadas pagar a la demandante las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, equivalente a $732.646.- 2. Indemnización por años de servicio, 3 años de servicios equivalente a $2.197.938.- 3. Incremento legal del 50% de la indemnización por años de servicio, de conformidad con lo establecido en la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo, equivalente a $1.098.969. 4. Por concepto de Feriado legal y proporcional $736.173. II.- Que las indemnizaciones y prestaciones se deberán pagar más los reajustes e intereses legales que corresponda, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según cada caso. III.- Que las demandadas deberán pagar las cotizaciones previsionales AFP MODELO: Noviembre y diciembre del periodo 2018. Junio del periodo 2019, y Febrero, Marzo, Abril y Mayo del periodo 2020. FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA): Noviembre y diciembre del periodo 2018. Junio del periodo 2019, y Febrero, Marzo, Abril del periodo 2020. Y AFC CH
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos, 3, 7, 32, 41, 42, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 445, 453, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por MARÍA OLVIDO BUSTOS JORQUERA contra de las DEMANDADAS INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., SUPERMERCADOS MONSERRAT S.A.C., e INMOBILAIRIA SANTANDER S.A., todas individualizadas previamente, se declara: Que las demandadas constituyen una unidad económica debiendo responder solidariamente del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley, de los contratos individuales o de instrumentos colectivos. Que el despido sufrido por la trabajadora con fecha 19 de abril de 2021 es injustificado, al tratarse de un despido verbal, por las razones expuestas precedentemente, estimándose que el término de los servicios se produjo por necesidades de la empresa en aquella fecha, debiendo las demandadas pagar a la demandante las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, equivalente a $732.646.- 2. Indemnización por años de servicio, 3 años de servicios equivalente a $2.197.938.- 3. Incremento legal del 50% de la indemnización por años de servicio, de conformidad con lo establecido en la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo, equivalente a $1.098.969. 4. Por concepto de Feriado legal y proporcional $736.173. II.- Que las indemnizaciones y prestaciones se deberán pagar má
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (AUDIENCIA REMOTA) FECHA 09/06/2022, Santiago RUC 21- 4-0346788-7 RIT O-4041-2021 CARATULADO BUSTOS/INMOBILIARIA SANTANDER S.A. MAGISTRADO MAURICIO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ariel Jorquera Torres HORA DE INICIO 12:00 Horas HORA DE TERMINO 15:55 Horas SALA Sala virtual 17 (2.
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