FREDDY ANTONIO ACEITON MUNOZ C/ JESSICA ANDREA PÉREZ TOLEDO
Rol
O-4999-2020
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 07 de Mayo de 2020, a las 01.40 horas, en la intersección de Avenida Cerrillos Con Tikal, Comuna De Pedro Aguirre Cerda el requerido Jessica Andrea Pérez Toledo, quien conducía el vehículo Placa Patente Única HPHH-63, fue fiscalizado por funcionarios de Carabineros, quienes se percataron que conducía en estado de ebriedad por su fuerte alito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, para luego ser detenido por funcionarios policiales. Posteriormente al requerido se le realizó la alcoholemia que arrojó para un resultado de 2.01 gramos de alcohol por litro de sangre Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Código: XZXSXXJKVWG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos: 1, 3, 4, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 30, 67 y siguientes del Código Penal, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Se condena a Jessica Andrea Pérez Toledo, ya individualizada en esta causa, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autora del delito de manejo en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 07 de mayo del año 2020, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, además se le condena a la suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años y una multa de un tercio de unidad tributaria mensual. II.- Que respecto de la multa se le otorga un plazo de sesenta días para el pago de la misma, bajo apercibimiento del artículo 49 del Código Penal. III.- Respecto de la suspensión de la licencia de conducir se deja constancia que la imputada no cuenta con licencia de conducir, ofíciese al Registro Nacional de
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos: 1, 3, 4, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 30, 67 y siguientes del Código Penal, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Se condena a Jessica Andrea Pérez Toledo, ya individualizada en esta causa, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autora del delito de manejo en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 07 de mayo del año 2020, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, además se le condena a la suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años y una multa de un tercio de unidad tributaria mensual. II.- Que respecto de la multa se le otorga un plazo de sesenta días para el pago de la misma, bajo apercibimiento del artículo 49 del Código Penal. III.- Respecto de la suspensión de la licencia de conducir se deja constancia que la imputada no cuenta con licencia de conducir, ofíciese al Registro Nacional de Conductores. IV.- Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de remisión condicional, debiendo quedar sujeta al control de Gendarmería de Chile, por el término de un año, debiendo, además, cumplir con los requis
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RUC : 2000481937-4 RIT : 4999 - 2020 MAGISTRADA : Gloria Alejandra Lolas Basualdo NOMBRE IMPUTADO : Jessica Andrea Pérez Toledo CEDULA DE IDENTIDAD : 16.561.151-9 DOMICILIO : Calle El Parque Nº 15031, comuna de Pudahuel. FISCAL : Claudia Álvarez Lister DEFENSORA PÚBLICA : Camila Leyton Navarrete TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : diecisiete de junio de dos mil vei
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