MASSÚ/
Rol
V-461-2020
Fecha
14 de abril de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece JOAQUIN ALBERTO MASSU LARACH, ingeniero, chileno, casado, cedula de identidad número 15.639.748-2, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy 5757, oficina 508, torre Oriente, Las Condes, ciudad de Santiago, con fecha 31 de julio del año 2020, siendo las 14:04:00 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “TAP 5”, con una superficie de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 11 de agosto del año 2020, el pedimento fue inscrito a fojas 3677, bajo el Nº 2041, del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que, con fecha 24 de agosto del año 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario oficial de la República de Chile. CUARTO: Que a folio 11, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº7110, de fecha 27 de noviembre del año 2020, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. Sin embargo señala que ha detectado que la concesión minera solicitada, denominada “TAP 5”, Rol Nacional Minero 02201-T940-0, se encuentra próxima a los límites fronterizos del país, y por lo mismo es posible que alguno de sus vértices se encuentren fuera del territorio nacional. QUINTO: Que, a raíz de lo anterior, se ordenó despachar oficio a la Dirección Nacional de Fronteras y Límites, entidad que mediante oficio N°569 a folio 8 de fecha 13 de abril del año en curso, informó a este Tribunal que revisados los antecedentes, se ha determinado que tanto el punto medio como los vértices de la concesión minera de exploración señalada se encuentra íntegramente en territorio nacional. SEXTO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M. 7.224.600,00 557.400,00 V-1 7.226.100,00 556.900,00 V-2 7.226.100,00 557.900,00 V-3 7.223.100,00 557.900,00 V-4 7.223.100,00 556.900,00 SEPTIMO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;
Fallo
se resuelve: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada "TAP 5” con una superficie de 300 hectáreas, a favor de JOAQUIN ALBERTO MASSU LARACH, ya individualizado. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. ROL V-461-2020 Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio. Juez Titular. Antofagasta, a catorce de abril del año dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-14T12:00:32-0400
Texto Completo (Preview)
ROL : V-461-2020 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “TAP 5” CÓDIGO : P0M2 SOLICITANTE : JOAQUIN ALBERTO MASSU LARACH FECHA INICIO : 31.07.2020. Antofagasta, a catorce de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece JOAQUIN ALBERTO MASSU LARACH, ingeniero, chileno, casado, cedula de identidad número 15.639.748-2, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy 5757, ofic
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