BERGBAU WAGEN SPA
Rol
V-829-2020
Fecha
14 de abril de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 03 de Diciembre de 2020, Hugo Prieto Rojas, chileno, Cédula de Identidad Nº 11.947.423- k, casado, abogado, en representación, según se acredita en autos de BERGBAU WAGEN SpA, sociedad del giro de su denominación, R.U.T. Nº 76.813.311-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena N° 140, Piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “CERRO AMARILLO 61”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 07 de Diciembre de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 5.816, bajo el Nº 3.308 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 28 de Diciembre de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, Ordinario Nº 2.447 de fecha 12 de Abril de 2021, agregado en folio 7 del SITCI, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U. T. M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.415.500,00 387.500,00 V1 7.416.000,00 386.000,00 V2 7.416.000,00 389.000,00 V3 7.415.000,00 389.000,00 V4 7.415.000,00 386.000,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O : Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “CERRO AMARILLO 61”, con una superficie total de 300 hectáreas, a favor de BERGBAU WAGEN SpA, sociedad del giro de su denominación, solicitada en su representación por don Hugo Prieto Rojas, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la Ley. YP De conformidad con el protocolo de implementación de plan piloto vigente desde el 01 de Enero de 2021, dispuesto en Acta de Pleno N°275 de fecha 14 de Diciembre de 2020, y Acta de Pleno N° 84, de fecha 29 de Marzo de 2021, ambas de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, remítase por el Tribunal, en formato PDF, a petición de la interesada, copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el certificado de ejecutoria y plano aprobado, al SERNAGEOMIN y Conservador de Minas de esta ciudad, a los correos electrónicos implementados por ambas instituciones para el efecto, debiéndose certificar tal circunstancia, una vez cumplido este trámite. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese.- Dictada por Susana Tobar Bravo, Juez Titular. Este documento tiene firma electrónica y su origi
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FOJA: 9.- nueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-829-2020 CARATULADO : BERGBAU WAGEN SPA AUTOS : 13.04.2021 Antofagasta, catorce de Abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 03 de Diciembre de 2020, Hugo Prieto Rojas, chileno, Cédula de Identidad Nº 11.947.423- k, casado, abogado, en representación
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