Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ PABLO ANDRÉS SANTANA LAVOZ

Rol

O-4872-2023

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El 17 de agosto de 2023 alrededor de las 6:50 AM, Pablo Santana Lavoz escaló el cierre perimetral del domicilio ubicado en Isabel Rodas 212, Valdivia. Una vez en el interior, tomó una carretilla de propiedad de Rodrigo Leal Soto, avaluada en 50 mil pesos, con la intención de llenarla de especies y sustraerlas, sin embargo, la victima ve al imputado sustrayendo la carretilla siendo frustrada la acción cuando intentaba entregar la especie a una segunda imputada no identificada. (sic) Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2300888272-K-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 15 N° 1 del Código Penal, articulo 12 N° 16, 11 N°9, 29 del Código Penal, artículos 32 en relación al artículo 0 N°1, 9 del Código Penal, 07 siguientes del Código Procesal Penal, y Ley N° 18.216, se declara: 1 Que se condena a don PABLO ANDRÉS SANTANA LAVOZ, chileno, Cédula de Identidad Nº 13.70 . -7, domiciliado en Pasaje Venus N°9308, Villa Los Peumos, de la ciudad de Valdivia, a la pena de, CUATRO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito frustrado de, ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 0 N°1, cometido el día 17 de agosto del año 2023 en esta jurisdicción. 2 En cuanto a la pena privativa de libertad tomando en consideración que el imputado no tiene derecho a pena sustitutiva, deberá cumplir en forma efectiva de acuerdo al artículo 1 de la Ley N° 18.216, sin embargo ello, se reconoce al imputado que mantiene un total de 267 días de abono, puesto a que, ha estado en prisión preventiva en esta causa desde el día 17 de agosto de 2023, hasta la fecha. 3 No se condena en costas al imputado por que admitió

Fallo

se declara: 1 Que se condena a don PABLO ANDRÉS SANTANA LAVOZ, chileno, Cédula de Identidad Nº 13.70 . -7, domiciliado en Pasaje Venus N°9308, Villa Los Peumos, de la ciudad de Valdivia, a la pena de, CUATRO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito frustrado de, ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 0 N°1, cometido el día 17 de agosto del año 2023 en esta jurisdicción. 2 En cuanto a la pena privativa de libertad tomando en consideración que el imputado no tiene derecho a pena sustitutiva, deberá cumplir en forma efectiva de acuerdo al artículo 1 de la Ley N° 18.216, sin embargo ello, se reconoce al imputado que mantiene un total de 267 días de abono, puesto a que, ha estado en prisión preventiva en esta causa desde el día 17 de agosto de 2023, hasta la fecha. 3 No se condena en costas al imputado por que admitió seguir adelante con el las normas del procedimiento abreviado y está representado por Defensoría Penal Pública. 4 De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 19.970, se decreta toma de huella genética del condenado Pablo Andrés Santana Lavoz. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 68 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N

Texto Completo (Preview)

___________________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto 6 2 8 6 6 2 88 2 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, diez de junio de dos mil veinticuatro. HECHOS: El 17 de agosto de 2023 alrededor de las 6:50 AM, Pablo Santana Lavoz escaló el cierre pe

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