Juzgado de Garantía de Talca.

MP C/ DEMÍAN ENRIQUE ARAYA VALDÉS

Rol

O-7587-2023

Fecha

13 de junio de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1, ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 21, 29, 68, 69, 432, 436 inciso 1 del Código Penal, artículos 295, 297, 340, 406 y 407 siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 19.970 SE RESUELVE: I). Que se condena a DEMÍAN ENRIQUE ARAYA VALDÉS, cédula de identidad 0021900534-2 ya individualizado, como autor de ROBO CON VIOLENCIA, por hechos cometidos el día 17 de octubre de 2023 en la comuna de Talca en grado de consumado, a la pena única de CINCO años Código: XXTXXXKCPXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de presidio menor en su grado máximo, y a las accesorias de Inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, prohibición absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II) Que a la pena privativa de libertad impuesta, se le consideran como abonos 220 dias, por el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de la presente causa desde el 07 de noviembre 2023 en forma ininterrumpida hasta el día 13-06-2024 y el saldo de la pena corporal se le sustituye por la de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el mismo tiempo de la condena, a disposición del Centro de Reinserción Social DE TALCA, que deberá presentarse dentro de 15 días ejecutoriada la presente sentencia, debiendo cumplirse las demás exigencias que establece el artículo 17 de la señalada Ley. Informado que si pierde esta forma de cumplimiento, deberá cumplir privado de libertad el saldo pendiente. III) Determínese la Huella genética del condenado, incorpórese al registro de condenados, de acuerdo lo dispone el artículo17 de la Ley 19.970. IV) Se exime del pago de las costas de la causa al condenado. Cúmplase en su oportunidad con lo estipulado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes quedan personalmente notificados. RECURSOS LEGALES El Ministerio Público y la def

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 21, 29, 68, 69, 432, 436 inciso 1 del Código Penal, artículos 295, 297, 340, 406 y 407 siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 19.970 SE RESUELVE: I). Que se condena a DEMÍAN ENRIQUE ARAYA VALDÉS, cédula de identidad 0021900534-2 ya individualizado, como autor de ROBO CON VIOLENCIA, por hechos cometidos el día 17 de octubre de 2023 en la comuna de Talca en grado de consumado, a la pena única de CINCO años Código: XXTXXXKCPXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de presidio menor en su grado máximo, y a las accesorias de Inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, prohibición absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II) Que a la pena privativa de libertad impuesta, se le consideran como abonos 220 dias, por el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de la presente causa desde el 07 de noviembre 2023 en forma ininterrumpida hasta el día 13-06-2024 y el saldo de la pena corporal se le sustituye por la de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el mismo tiempo de la condena, a disposición del Centro de Reinserción Social DE TALCA, que deberá presentarse dentro de 15 días ejecutoriada la presente sentencia, debiendo cumplirse las demás exigencias que establece el artículo 17 de la señalada Ley. Informado que si pierde esta forma de cumplim

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Talca., trece de junio de dos mil veinticuatro Magistrado ISABEL DEL CARMEN SALAS CASTRO Fiscal OSVALDO IBARRA MARIN POR ANGEL DAVID ÁVILA CALDERÓN Defensor HELIOS NOGUEZ, por los defensores: RODRIGO CHAVEZ MOYANO Y KARINA ROMERO GARCIA Defensores privados : FELIX ARTO CASTILLO, FRANCISCO RAMIREZ, JAVIERA ESCOLAR, OSCAR AVILA, TAMA

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