LEIVA /
Rol
V-11-2015
Fecha
13 de abril de 2021
Materia
MUERTE PRESUNTA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este tribunal con fecha 18 de marzo del año 2015, comparece Hortencia Inés Leiva Delgado, labores de casa, RUN 7.050.076-0 domiciliada en calle O’Higgins N° 890, comuna de Castro, provincia de Chiloé, quien solicita se declare la presunción de muerte respecto de don Luis Alberto Hernández Muñoz, cédula de identidad N° 6.788.256-K, marino mercante y cuyo último domicilio habría sido calle O’Higgins N° 890, comuna de Castro, provincia de Chiloé. Relata la solicitante, que en diciembre del año 1971, contrajo matrimonio con don Luis Alberto Hernández Muñoz. Indica que ambos son padres de Luis Alberto Hernández Leiva. Indica, que su cónyuge se desempeñaba como marino mercante y que la vida en común entre ellos se mantuvo sólo hasta el año 1974. Señala, que desde el año 1974 su cónyuge se fue de casa, sin señalar destino alguno y sin tener nuevo contacto con él o conocimiento de su paradero. Indica, que contactó a los familiares consanguíneos de su cónyuge para ubicar su paradero, pero que ellos también lo desconocen y no han tenido contacto con aquél. Refiere, que don Luis Alberto Hernández Muñoz, se encontraría desaparecido desde el año 1974. Pide que se declare la presunción de muerte respecto de Luis Alberto Hernández Muñoz, fijando la fecha presuntiva de la muerte y concediendo la posesión definitiva de los bienes quedados al fallecimiento del desaparecido. SEGUNDO: Que el 2 de marzo del año 2018, el 4 de agosto del año 2018 y el 21 de diciembre del año 2018 respectivamente, se realizaron las publicaciones en el Diario Oficial, con las tres citaciones al desaparecido. TERCERO: Que el 12 de febrero del año 2018, se realizó audiencia de parientes del desaparecido, donde compareció don Luis Alberto Hernández Leiva hijo del desaparecido, y otras dos personas más, quienes confirman los hechos relatados por la solicitante. El hijo del desaparecido relata que su padre desapareció cuando él tenía dos años de edad, agregada que desde hace 10 años a la fecha, se ha contactado con los parientes de su padre para dar con su paradero, y que éstos tampoco tienen contacto o noticia de él. Indica que las últimas noticias de aquél, se habrían tenido en el año 1976, sin explicar con mayor detalle las circunstancias de estas noticias. Agrega, que han realizado diligencias para dar con el paradero del desaparecido, sin que éstas tuvieran éxito. CUARTO: Que el 22 de marzo del año 2018, se rindió información sumaria de testigos de fecha, donde comparecieron tres vecinas y amigas de la solicitante, quienes reiteran el relato hecho por la solicitante, y la calidad de desaparecido de don Luis Alberto Hernández Muñoz para su cónyuge desde el año 1974 aproximadamente. QUINTO: Que el 16 de agosto del año 2019, se agregó informe favorable emanado del Defensor Público ad hoc. SEXTO: Que estimando el tribunal que las diligencias investigativas realizadas para dar con el paradero del desaparecido han sido insuficientes, ordenó con fecha
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la solicitud de declaración de muerte presunta, formulada por doña Hortencia Inés Leiva Delgado, con fecha 18 de marzo del año 2015. II.- Que se declara la presunción de muerte de don LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ MUÑOZ, RUN 6.788.256-K, sexo masculino, casado, nacido el 7 de agosto del año 1951 y cuyo último domicilio conocido fue en la comuna de Castro, provincia de Chiloé; fijándose como día presuntivo de la muerte el 11 de marzo del año 2004. III.- Que se otorga la posesión definitiva de los bienes que tuviere el causante don Luis Alberto Hernández Muñoz, a sus herederos presuntivos. Regístrese, notifíquese, publíquese en extracto, inscríbase y archívese en su oportunidad. Pronunciada por don JORGE ANDRÉS IBARROLA ÁVILA, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Castro. Autoriza doña EVA DEL CARMEN RUAY BARRIENTOS, Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Castro, trece de Abril de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaofic
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL : V-11-2015 CARATULADO : LEIVA / Castro, trece de Abril de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este tribunal con fecha 18 de marzo del año 2015, comparece Hortencia Inés Leiva Delgado, labores de casa, RUN 7.050.076-0 domiciliada en calle O’Higgins N° 890, comuna de Castro, provincia de Chiloé, q
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