MP C/ JORGE LUIS CASTILLO MALDONADO
Rol
O-2702-2024
Fecha
16 de junio de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: el dia 02 de mayo del año 2024 aproximadamente a las 03:00 horas, el imputado se encontraba en la vía publica en calle diaguitas frente a la numeración 1695, Copiapo, se acerca al vehículo que se encontraba estacionado PSU SRKB-46 en aquel lugar premunido de un elemento contundente sustrajo del interior diversas especies. Posteriormente concurrió a la calle Crispin Reyes a la altura de la numeración 1532 de esta comuna acompañado de una persona cuya identidad se desconoce se acerco al vehículo marca Chevrolet modelo Luv camioneta año 1993 y envuelto con una vestimenta en su mano 8situacion que quedo grabada) fracturó un vidrio de dicho vehículo con su mano, sustrayendo diversas especies desde su interior, posteriormente fue detenido, recuperando las especies. SE DECLARA: I. Que se condena a JORGE LUIS CASTILLO MALDONADO, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de dos delitos de ROBO CON FUERZA EN COSAS QUE SE ENCUENTRAN EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la PENA UNICA de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Certifíquese los abonos por el Sr. jefe de unidad respectivo. III. Pena efectiva: No concurriendo en la especie los requisitos para sustituir la pena impuesta en la presenta causa por alguna de las contempladas en la ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el Código: XTFCXXYXZPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el regist
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a JORGE LUIS CASTILLO MALDONADO, ya individualizado, en calidad de AUTOR, de dos delitos de ROBO CON FUERZA EN COSAS QUE SE ENCUENTRAN EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, grado de desarrollo FRUSTRADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la PENA UNICA de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Certifíquese los abonos por el Sr. jefe de unidad respectivo. III. Pena efectiva: No concurriendo en la especie los requisitos para sustituir la pena impuesta en la presenta causa por alguna de las contempladas en la ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el Código: XTFCXXYXZPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: XTFCXXYXZPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-18T09:19:58-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., dieciséis de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 2400494729-7 RIT: 2702 - 2024 IMPUTADO: JORGE LUIS CASTILLO MALDONADO C.I. 0017774421-2 FECHA DE NAC. 17 de septiembre de 1991 DIRECCION Poblacione PEDRO LEON GALLO, CALLE 19 DE MAYO Nº 1295
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