Juzgado de Garantía de La Ligua.

NELSON ARAVENA QUILODRAN C/ JUAN CARLOS MELLADO OLIVERA

Rol

O-66-2024

Fecha

13 de junio de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 15 de julio de 2023, aproximadamente a las 16:00 horas, el acusado JUAN CARLOS MELLADO OLIVERA conducía en estado de ebriedad, y sin haber obtenido licencia de conducir, la camioneta marca Changan, modelo MD201 Cargo, placa patente única RZLY-44, por la Ruta E-445, Sector Bartolillo de la comuna de Cabildo, y al llegar a la altura del kilómetro 15 de la referida ruta, y debido a su estado de temperancia alcohólica, pierde el control del móvil impactando contra el portón de la entrada principal de la Escuela Básica Ester Silva Somarriva, ocasionando daños en su estructura. Practicada en esa ocasión la alcoholemia de rigor al acusado, esta arrojó un resultado de 1,63 g%”. Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 30, 49, 58, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 110, 196 y 209 de la Ley de Tránsito; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a don JUAN CARLOS MELLADO OLIVERA, cédula de identidad N° 11.541.268-k, domiciliado en Kilómetro N° 12, Bartolillo s/n, comuna de Cabildo, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA Código: XCXXXXLLTRF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN de su LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, traducido en la imposibilidad de obtenerla por dicho periodo; en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños y sin haber obtenido licencia de conducir, prescrito y sancionado en los artículos 196 y 209 de la Ley 18.290, cometido el 15 de julio de 2023, en la comuna de Cabildo. II.-Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS DE LA LIGUA, por el lapso de 541 días y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinser

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, trece de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 15 de julio de 2023, aproximadamente a las 16:00 horas, el acusado JUAN CARLOS MELLADO OLIVERA

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