1º Juzgado de Letras de Melipilla

ALCANTARA SPA/FREDERICKSEN

Rol

C-1553-2020

Fecha

13 de abril de 2021

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece con fecha 4 de mayo de 2020, do a ñ Evelyn Cruz Henr quez, í factor de comercio, en representaci n convencional deó ALC NTARA SPA ,“ Á ” continuadora legal de la sociedad Comercial e“ Inversiones Alc ntara S.A. persona jur dica de derecho privado, del giro deá ” í su denominaci n, ambos con domicilio en Parcela N 46, Lote C, Lasó ° Cabras, Rancagua, y expone: Que consta del contrato que acompa a, que dio en arrendamiento lañ casa habitaci n construida en ó Lote N 39, casa B y este mismo Lote,° pertenenciente a la Parcela N 39 de la subdivisi n del predio denominado° ó Hijuela Tercera de la Hijuela Norte del Fundo Las Casas de Santa Julia,“ ” Melipilla, desde el 01 desde el 1 de Diciembre de 2015, hasta el 01 de° Diciembre del 2016, renovable t cita, sucesiva y autom ticamente porá á per odos iguales de un a o, a don í ñ ANICETO IV N FREDERICKSENÁ RAM REZ, Í t cnico agr cola, con domicilio en Parcela Cora N 3,é í ° Pabell n, Melipilla, y en el mismo inmueble arrendado, por la rentaó mensual actual de $353.200.-, pagaderos en forma anticipada dentro de los cinco primeros d as de cada mes y en el domicilio de la arrendadora.í Se ala que conforme a la cl usula d cimo s ptima del contrato, señ á é é constituy en fiador y codeudor solidario de todas y cada una de lasó obligaciones que conforme al contrato asumi el demandado, don ó DIEGO BASTI N FREDERICKSEN SILVAÁ , domiciliado en Parcela Cora N 3,° Pabell n, Melipilla.-ó Dice que la demandada no ha cancelado un saldo correspondiente al mes de noviembre de 2019, por un valor de $280.000.-, la renta del mes de diciembre de 2019, por un valor de $340.000.- y las rentas correspondientes RIT« » Foja: 1 a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo, todas de 2020 por un valor de $353.200.-, cada una de ellas, y en consecuencia, adeuda la suma de $2.386.000.- los que conforme a la cl usula tercera del contrato, seá reajustan en la misma suma en que hubiese variado el valor de la UF entre la fecha en que d

Fallo

Por lo expuesto y disposiciones legales que se ala, solicita tener porñ presentada demanda en juicio especial de terminaci n de contrato deó arrendamiento en contra de ANICETO IV N FREDERICKSENÁ RAM REZ y don DIEGO BASTI N FREDERICKSEN SILVAÍ Á , este ltimo en su calidad de fiador y codeudor solidario, ambos yaú individualizados, ordenar se practiquen las reconvenciones legales, la segunda en el comparendo y en definitiva, acoger esta demanda declarando terminado dicho contrato, que debe pagarle la suma de $2.386.000, sin perjuicio de la liquidaci n que oportunamente se deber practicar por eló á Tribunal en la etapa de cumplimiento del fallo y las sumas que correspondan por conceptos de energ a el ctrica y agua potable, m sí é á reajustes e intereses y las rentas y consumos de energ a y agua potable, queí se devenguen durante el juicio, m s reajustes e intereses, hasta la entrega delá inmueble y que debe restituir la propiedad arrendada en el plazo de tercero d a del fallo, o en el que se fije, con costas.-í En forma subsidiaria en el primer otros de su demanda y para elí caso que se enerve la acci n principal, solicita se notifique al arrendatario suó voluntad de renovar el contrato de arrendamiento, con el objeto que restituye el bien arrendado. Con fecha 11 de mayo de 2020, se notific personalmente laó demanda a don ANICETO IV N FREDERICKSEN RAM REZ yÁ Í RIT« » Foja: 1 don DIEGO BASTI N FREDERICKSEN SILVAÁ y se practic laó primera reconvenci n de pago.- ó Con fecha 30 de

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-1553-2020 CARATULADO : ALCANTARA SPA/FREDERICKSEN Melipilla, trece de Abril de dos mil veintiuno.- VISTOS: Comparece con fecha 4 de mayo de 2020, do a ñ Evelyn Cruz Henr quez, í factor de comercio, en representaci n convencional deó ALC NTARA SPA ,“ Á ” continuadora legal de la soci

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