2º Juzgado de Letras de Vallenar

SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./

Rol

V-296-2019

Fecha

13 de abril de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 20 de agosto del año 2019, compareció doña PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N° 15.019.794-5, en representación de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., persona jurídica de derecho privado del giro y nacionalidad de su denominación, Rut N° 93.007.000-9, ambos domiciliados en Aníbal Pinto N° 3228, ciudad Antofagasta, solicitando la concesión de explotación denominada “DON ALFONSO 3 DEL 1 AL 20”, sobre una superficie de 200 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Vallenar, Provincia de Huasco, Región de Atacama. Haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “DON ALFONSO 3”, cuyo pedimento se presentó en el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, el 02 de mayo del año 2017.- SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó en el Diario Oficial de La Republica de Chile N° 42.456, Boletín Oficial de Minería CVE 1653780 de fecha 16 de septiembre del año 2019, y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 02 de septiembre del año 2019, a fojas 1418 N° 724 del mismo año.- TERCERO: Que a folio 5 de fecha 27 de marzo del año 2020, se solicitó de la mensura de todas las pertenencias simplemente manifestada, con una superficie total de 200 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el día 15 de abril del año 2020 en el Diario Oficial de La República de Chile N° 42.631,Boletín Oficial de Minería CVE 1750382.- CUARTO: Que la superficie mensurada comprende las 20 pertenencias solicitadas con una superficie total de 200 hectáreas, con el nombre “DON ALFONSO 3 DEL 1 AL 20” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) L1 6.792.500,00 312.500,00 L2 6.792.500,00 314.500,00 L3 6.791.500,00 314.500,00 L4 6.791.500,00 312.500,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.792.000,00 metros Norte con la abscisa 313.500,00 metros Este.- QUINTO: : Que a folio 15, , rola Ordinarios N° 97; de fechas 13 de enero del 2021, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura de las pertenencias de autos, ordenando el Tribunal poner en conocimiento del interesado dichas observaciones para los trámites de rigor. SEXTO: Que puestas en conocimiento del interesado las observaciones señaladas en el motivo anterior, éste hizo presente al Tribunal, dentro del plazo contemplado en el artículo 82 del Código de Minería en cada oportunidad, el solucionado las mismas. SEPTIMO: Que a folio 22 rola Ordinario N° 2152 de fecha 01 de abril del año 2021, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería emite su informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 85, 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “DON ALFONSO 3 DEL 1 AL 20”, Rol Nacional Nº 03301- 5978-2, con una superficie total de 200 hectáreas, a favor de la SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A., o también S.Q.M. S.A., ya individualizada.- II.- Apruébense su plano y acta de mensura.- III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese.- Inscríbase junto con el acta de mensura.- Archívense los planos.- Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad.- Rol Nº V-296-2019.- Dictada por doña KERIMA SCHICHASCHWILI CARVAJAL, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar.- En Vallenar, a trece de Abril de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-13T09:00:40-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-296-2019 CARATULADO : SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./ Vallenar, trece de Abril de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 20 de agosto del año 2019, compareció doña PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N° 15.019.794-5, en represen

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