Juzgado de Garantía de Arica.

GABRIEL URBINA AGUAYO C/ MAXIMO FERNANDEZ CALLE

Rol

O-1942-2024

Fecha

12 de junio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “Con fecha 01 de febrero de 2024, en horas del mediodía, en circunstancias que el personal aprehensor realizaba controles vehiculares selectivos en la Ruta A-137, Km. 6, Valle de Azapa, proceden a fiscalizar al vehículo marca Kia, modelo Sportage, color blanco, P.P.U. KCBB.97-3, conducido por el requerido FERNÁNDEZ CALLE, quien se encontraba en el eje central de la calzada, por lo que se procedió a su fiscalización y al solicitarle su licencia de conducir y documentos del móvil, se percataron que el conductor se encontraba en estado de ebriedad, lo que constó por su fuerte hálito alcohólico, dificultad al hablar y al descender del móvil pierde la estabilidad al caminar y mediante la prueba respiratoria Alcotest, que arrojó como resultado 1,84 gramos de alcohol por litro de sangre. Esta circunstancia fue corroborada con posterioridad de acuerdo al informe de alcoholemia N° 00184/2024 que arrojó como resultado 1,29 gramos del alcohol por litro de sangre del requerido.” Código: XCXTXXQXKMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley N° 18.290. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia. Orden de libertad. Procedimiento Simplificado. Arica, doce de junio de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 11 Nos. 6 y 9, 14, 15, 30, 49, 67 y 68 del Código Penal; 4º, 5° y 38 de la Ley 18.216; y 1°, 4°, 36, 342, 348, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a Maximo Fernandez Calle, cédula de

Fallo

se declara: I. Que se condena a Maximo Fernandez Calle, cédula de identidad N° 22.584.039-3, ya individualizado, a las penas de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de dos unidades tributarias mensuales, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, suspensión de licencia de conducir por el lapso de dos años, sin costas, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, castigado por el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley N° 18.290, sorprendido en Arica el 01 de febrero de 2024. II. Que se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional por un año, debiendo dentro de quinto día de ejecutoriado el fallo, presentarse ante el Centro de Reinserción Social local, para efectos de iniciar el control de la pena, de no presentarse dentro del plazo indicado, se le despachara una orden de detención. Si esta pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada deberá cumplir efectivamente la pena corporal y, en ese evento, se reconocerá como abono un día que estuvo privado de libertad en la causa, por ocasión del control de la detención, o, en su caso, se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad. La multa se pagará en pesos y se concede un plazo de 180 días para acreditar el pago en arcas fiscales. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Regístrese y cúmplase lo dispu

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, doce de junio de dos mil veinticuatro Magistrado HÉCTOR NICOLAS BARRAZA AGUILERA Fiscal MANUEL FELIX GONZALEZ ZAPATA Defensor WLADIMIR ANDRÉS ROBLES SANTOS Tipo de Audiencia CONTROL DE LA DETENCIÓN Hora inicio 12:25 Hora termino 12:49 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2400143439-6-992-240612-00-01 - CDET HBA ALV RIT 1942 2024 633 2023 Act

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