REYES/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ
Rol
C-2249-2020
Fecha
12 de abril de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 30 de enero de 2020, comparece MARIA MARTA REYES RAMIREZ, pensionada, con domicilio en Pasaje Viena N 1593,° Villa Esquina Blanca, comuna de Maip , quien interpone demandaú ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos deó ó aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , personaú jur dica de Derecho P blico, representada legalmente por su alcaldesa do aí ú ñ CATHY CAROLINA BARRIGA GUERRA, ambos domiciliados en Avda. Cinco de Abril 260, Maip , Santiago. ú Con fecha 31 de julio de 2020, la parte demandada se notificó expresamente y contest la demanda allanadose a esta. ó Con fecha 23 de marzo de 2021, atendido el m rito de losé antecedentes, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 30 de enero de 2020, comparece MARIA MARTA REYES RAMIREZ, quien interpone demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , representadaú legalmente por su alcaldesa do a CAHY CAROLINA BARRIGAñ GUERRA, todos ya individualizados. Funda su demanda indicando que es residente y due a del inmuebleñ ubicado en Pasaje Viena N 1593, Villa Esquina Blanca, comuna de Maip ,° ú lo cual se acredita mediante la inscripci n de dominio vigente deló C-2249-2020 Foja: 1 Conservador de Bienes Ra ces de Santiago y Certificado de residenciaí acompa ados a los autos. ñ Se ala que respecto de esta propiedad, existen derechos de aseo queñ se encuentran pendientes de pago, desde el 31 de julio de 2010 al 30 de junio de 2014, seg n consta en documento denominado Informe de deudaú “ derechos de aseo , acompa ado a los autos.” ñ Que en dicho documento, consta que existe un periodo de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 31 de julio de 2010 al 30 de junio de 2014, respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n deó ó cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. En cuanto al derecho Refiere que la acci n judicial interpuesta, corresponde a aquella queó emana de los art culos 2493, 2514 y 2515 del C digo Civil. Esta acci ní ó ó tiene por objeto, obtener una sentencia declarativa, mediante la cual se determine dos cosas: En primer lugar, declarar la inactividad del acreedor, en este caso, la Ilustre Municipalidad de Maip , la cual no ha procedido a efectuar el cobroú de la obligaci n consistente en el pago de los derechos de aseo municipal,ó cumpliendo as con lo establecido en el art culo 2514 del C digo Civil, elí í ó cual dispone que La prescripci n que extingue las acciones y derechos“ ó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayam ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n seó haya hecho exigible” En segundo lugar, que se declare que ha transcurrido un plazo superior a los 5 a os, que la ley prescribe para ejercer, en este caso, lañ acci n de cobro de derechos de aseo municipal. Al respecto, el art culoó í 2515 de este mismo cuerpo legal, se ala que ñ Este tiempo es en general de“ tres a os para la acci n ejecutiva y de cinco para las ordinarias. La acci nñ ó ó ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres a os y convertida enñ ordinaria durar solamente otros dos .á ” Que atendido lo se alado precedentemente, solicita al tribunal se sirvañ tener por entablada demanda en procedimiento ordinario por declaraci nó C-2249-2020 Foja: 1 de prescripci n extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip ,ó ú representada legalmente por su alcaldesa do a Cathy Carolina Barrigañ Guerra, ambos ya individualizados precedentemente,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1567,í 2492, 2514, 2515, 2518 y 2521 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 314 deló C digo de Procedimiento Civil; se declara que: ó I.- Se acoge la demanda de lo principal de la presentaci n de fechaó 30 de enero de 2020, en la forma establecida en el considerando d cimo deé este fallo. II.- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-2249-2020 ° PRONUNCIADA POR DO A JACQUELINE IVETTEÑ BENQUIS MONARES, JUEZA TITULAR DEL D CIMOÉ NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de Abril de dos mil veintiuno C-2249-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-12T10:26:42-0400
Texto Completo (Preview)
C-2249-2020 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2249-2020 CARATULADO : REYES/ILTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, doce de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Que con fecha 30 de enero de 2020, comparece MARIA MARTA REYES RAMIREZ, pensionada, con domicilio en Pasaje Viena N 1593,° Villa Esquina Blanca, comuna de Maip , quien
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