CLARO CHILE S.A. . C/ FRANCISCO JAVIER PIZARRO PEZOA
Rol
O-1931-2021
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): El dieciocho de Marzo de dos mil veintiuno, el jefe de operaciones de empresa Claro Chile S.A Manuel Patricio Contreras en conocimiento de la sustracción de baterías de ciclo profundo marca Alphacell 1 0-19 GXL, al indagar la venta ilícita de dichas baterías por internet, contacta por medio de la red social de Facebook, al imputado Francisco Pizarro Pezoa, quien ofrecía a la venta y le exhibió para la venta las mismas baterías por la suma de 100 mil pesos cada una, concretando realizarse la venta alrededor de las 16:00 horas el domicilio de Arquitecto Alberto Risopatrón n° 014, Maipú, coordinando la concurrencia al lugar, previa instrucción del fiscal de turno, con la Brigada investigadora de robos occidente, a quien denunció el robo de dichas baterías y la venta, verificándose que se le exhibe el mismo tipo de baterías, y que en el patio del inmueble mantienen gran cantidad de ellas, las que fueron reconocidas por el afectado y no pudiendo el imputado acreditar su origen, permitió el ingreso voluntario, recuperándose un total de 4 baterías exclusivas de empresas de telecomunicaciones, siendo reconocidas 6 de propiedad de la empresa avaluadas aproximadamente en $3,30 ,000 y las restantes de propiedad de VTR, especies respecto de las cuales el imputado no pudo menos que conocer el origen ilícito de las mismas . Resolución: Condenado en calidad de autor del delito consumado de receptación de especies del artículo 456 Bis A del Código Penal; a la pena de: CUARENTA Y UN DÍAS (4 ) de prisión en su grado máximo. Multa de /3 de UTM, la que se le tiene por cumplida con el lapso no superior a 24 horas en que permaneció detenido por estos antecedentes, entre los días 8 y 9 de marzo de 202 . Suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena. Sin costas. Pena corporal se le tiene por íntegramente cumplida con el mayor tiempo en que permaneció sujeto a la medida cautelar de arresto domici
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: 0 9 00 Fax: 0 9 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, doce de junio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: ELIZABETH REINOSO DIEZ RUC: - RIT: - IMPUTADO(A): FRANCISCO JAVIER PIZARRO PEZOA CI: - Hechos (corresp
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