Juzgado de Garantía de San Javier.

MP C/ LUIS FRANCISCO JESÚS ORELLANA FIGUEROA

Rol

O-124-2023

Fecha

11 de junio de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. Sentencia. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2300125238-0 124-2023 CAUSA.: R.U.C=2300125238-0 R.U.I.=124-2023 Fecha de deliberación 11-junio-2024 Juez redactor HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA RELACIONES.: ORELLANA FIGUEROA LUIS FRANCISCO JESÚS / AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Resultado Condenado. RELACIONES.: ORELLANA FIGUEROA LUIS FRANCISCO JESÚS / Daños simples. Resultado Condenado. RELACIONES.: ORELLANA FIGUEROA LUIS FRANCISCO JESÚS / AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Procedimiento Simplificado. RELACIONES.: ORELLANA FIGUEROA LUIS FRANCISCO JESÚS / Daños simples. Procedimiento Simplificado. San Javier, once de junio de dos mil veinticuatro Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Código: XXKVXXGNPWE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 11 N°9, 12 N°15, 14 N°1, 15 N°1, 30, 70, 296 N°3 y 487 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a LUIS FRANCISCO JESÚS ORELLANA FIGUEROA, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO; más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; por su responsabilidad en el delito de amenazas no condicionales proferidas en perjuicio de Nicolás Canto Lagos, el día 01 de febrero del año 2023, en el que tuvo participación como autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. II.- Que, SE CONDENA a LUIS FRANCISCO JESÚS ORELLANA FIGUEROA, ya individualizado, al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; por su responsabilidad en el delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal; perpetrado dentro de la jurisdicción de este Tribunal con fecha 01 de febrero del año 2023,

Fundamentos

fundamentos motivo sexto de esta sentencia. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad.- RUC N° 2300125238-0 RIT N° 124-2023 Dictada por HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por parte del Ministerio Público y la defensa, quedando firme la sentencia Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio respectivo. Código: XXKVXXGNPWE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se da orden de ingreso en calidad de condenado rematado para el cumplimiento de la pena corporal en la presente causa, y se ordena dejar copia de esta acta en la causa RIT 21-2024 comunicando entonces la suspensión de la prisión preventiva en dicho proceso, concluyendo la pena que ha sido impuesta en la presente causa se dispondrá la continuación de la prisión preventiva en causa RIT 21-2024. Se alzan las medidas cautelares que se hubieren decretado, Ofíciese. Dirigió la audiencia y resolvió - HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Código: XXKVXXGNPWE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-13T18:09:42-0400

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 11 N°9, 12 N°15, 14 N°1, 15 N°1, 30, 70, 296 N°3 y 487 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a LUIS FRANCISCO JESÚS ORELLANA FIGUEROA, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO; más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; por su responsabilidad en el delito de amenazas no condicionales proferidas en perjuicio de Nicolás Canto Lagos, el día 01 de febrero del año 2023, en el que tuvo participación como autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. II.- Que, SE CONDENA a LUIS FRANCISCO JESÚS ORELLANA FIGUEROA, ya individualizado, al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; por su responsabilidad en el delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal; perpetrado dentro de la jurisdicción de este Tribunal con fecha 01 de febrero del año 2023, en el que tuvo participación como autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. III.- Que, no siendo posible que la pena corporal le sea sustituida por alguna de aquellas que regula la Ley 18.216, se dispondrá su cumplimiento de manera efectiva sin abonos que reconocer sobre el particular. IV.- Que, la multa se da por pagada previa conversión en los términos del artículo 49 del Código Penal con cargo al mayor tiempo que estuvo privado libertad con ocasión de

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia. Fecha San Javier., once de junio de dos mil veinticuatro Magistrado HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA Fiscal PATRICIO ELISEO CAROCA LUENGO Defensor EDUARDO GUILLERMO ENRIQUE MEINS MIDDLETON Hora inicio 02:01PM Hora termino 02:13PM Sala SALA 1/eba Tribunal Juzgado de Garantía de San Javier. RUC 2300125238-0 RIT 124 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA LUIS FR

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