Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

HÉCTOR MAURICIO ASTUDILLO AGUILERA C/ MAURICIO LEHANDRO SANDOVAL RUZ

Rol

O-7833-2023

Fecha

13 de junio de 2024

Materia

AMENAZA CON ARMA (FALTA) ART. 494 Nº 4 CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. RIT 7833 - 2023 RUC 2310052351-5 Pronunciada por FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: KAV. Código: XFNQXXCTYNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://zoom.us/j/9410069637 mailto:jgpuertomontt@pjud.cl 2024-06-13T10:50:51-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 494 Nº4 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 38 de la Ley 20.603, se declara: I.- Que, SE CONDENA a MAURICIO LEHANDRO SANDOVAL RUZ, RUN N° 0016345967-1, ya individualizado, como autor de la falta de Amenazas en perjuicio de Héctor Astudillo Aguilera, cometido en Puerto Montt el día 30 de Septiembre de 2023, a la PENA de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, para el pago de la pena de multa impuesta se le concede plazo de 5 días, y en el evento de NO pago será procedente la sustitución en los términos del artículo 49 del Código Penal, por un día de reclusión. III.- Que, se aplica la disposición del artículo 38 de la Ley 20.603, esto es, la omisión de la sentencia en el certificado de antecedentes penales. IV- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. RIT 7833 - 2023 RUC 2310052351-5 Pronunciada por FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: KAV. Código: XFNQXXCTYNE Este documento tiene firma electrónica y su original p

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JUZGADO DE GARANTIA PUERTO MONTT Teléfonos: (65) 2204900 - (65) 2204901- (65) 2204902 - (65) 2204903 - (65) 2204904. Atención virtual por el link: https://zoom.us/j/9410069637 Correo Electrónico: jgpuertomontt@pjud.cl Sentencia: Puerto Montt, trece de junio de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente;

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