CLUB DE PROFESORAS GABRIELA MISTRAL/
Rol
V-242-2020
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 14 de septiembre de 2020, comparece el Club de Profesoras Gabriela Mistral, instituci n sin fines de lucro,ó representada por do a Brunilda Aravena P rez, profesora, ambas conñ é domicilio en calle Willie Arthur N 1938, comuna de Providencia,° solicitando que se decrete la entrega material a la solicitante y sin forma de juicio, certificando el hecho de estar abandonado, del inmueble ubicado al interior de calles Bustos N 2117 o calle Willie° Arthur N 1938, comuna de Providencia, levantando el acta sobre el° estado en que se encuentra, para lo cual pide facultades de descerrajar, si fuere necesario. Funda su pretensi n en que la compareciente, dio enó arrendamiento una caba a que se encuentra al interior del inmueble deñ calle Willie Arthur N 1938, comuna de Providencia, que tiene su° entrada por calle Bustos N 2117 de la misma comuna, a do a Vania° ñ Evelyn Montecinos Reyes, profesora, c dula de identidad n meroé ú 12.856.494-2, quien pagaba por ese concepto la suma de $110.000, y que fue dada solo para el uso habitacional de dicha persona, expresando que aquella, sin aviso previo, habr a abandonado dichoí inmueble. Invoca para su pretensi n lo previsto en el art culo 6, de la Leyó í N 18.101.° RIT« » Foja: 1 Con fecha 26 de octubre de 2020, en folios 10 y 11, se llev aó cabo certificaci n de Ministro de Fe, dando cuenta del estado deló inmueble objeto de la presente gesti n no contenciosa.ó Con fecha 17 de marzo de 2021, quedaron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitante, Club de Profesoras Gabriela Mistral, representada por do a Brunilda Aravena P rez, solicita que señ é decrete la entrega material a dicha compareciente, y sin forma de juicio, certificando el hecho de estar abandonado, el inmueble ubicado al interior de calles Bustos N 2117 o calle Willie Arthur N 1938,° ° comuna de Providencia, levantando el acta sobre el estado en que se encuentra, para lo cual pide facultades de descerrajar, si fuere necesario. Funda su pretensi n, en los hechos y argumentos de derecho, yaó descritos, latamente, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Con el fin de probar sus dichos, acompa o a estosñ autos, los siguientes antecedentes documentales: a) Certificado y copia de inscripci n de dominio de inmuebleó inscrito a fojas 227 vuelta 228 N 395, del Registro de Propiedad° del a o 1934, del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,ñ í agregado al expediente digital con fecha 14 de septiembre de 2020; y b) Certificado de Aval o de inmueble ubicado en Willie Arthurú N 1938, Providencia, agregado al expediente digital con fecha 14° de septiembre de 2020; TERCERO: Que con fecha 26 de octubre de 2020, el receptor judicial, don Luis Osvaldo Carrasco Moreira, seg n certificaci nú ó agregada al expediente digital en folios 10 y 11, concurri al inmuebleó ubicado en calle Willie Arthur N 1938, comuna de Providencia y° constat que en la propiedad de calles Bustos N 2117, existe unaó ° RIT« » Foja: 1 caba a blindada con una reja con candado, que al llamar a su interiorñ y tocar la reja nadie contest , siendo las 10:50 horas, que observ eló ó jard n en estado de abandono; y que consultada do a Sonia Ayalaí ñ Mi o, quien habita otra caba a de la misma propiedad, se al queñ ñ ñ ó nadie tiene acceso a la caba a, que no sab a si hay muebles en suñ í interior y que de forma espor dica, se escucha movimiento en suá interior, haciendo presente, tambi n, que nadie tiene acceso a eseé sector, excepto do a Vania Montecino, quien tiene las llaves y se niegañ a devolverlas. CUARTO: Que el art culo 6 , inciso segundo, de la Leyí ° N 18.101, dispone: ° “Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, ste podr solicitar al juez de letrasé á competente que se lo entregue, sin forma de juicio, con la sola certificaci n del abandono por un ministro de fe. Dicho funcionarioó levantar acta del estado en que se encuentre el bien ra z al momentoá í de su entrega al arrendador y remitir copia de ella al tribunalá .” QUINTO: Que, con el m rito de los antecedentes agregados aé los autos, y lo informado por el receptor judicial don Luis Carrasco Moreira, se deben tener por justificados en autos, los siguientes hechos: 1.- Que la solicitante, Club de Profesoras Gabriela Mistral, es propietaria inscrita del inmueble ubicado en calle Bustos N 2117, de la° comuna de Providencia, inscrito a su nombre a fojas 227 vuelta N 395,° del Registro de Propiedad del a o 1934, del Conservador de Bienesñ
Fallo
Por estas consideraciones, norma citada y conforme lo dispuesto, adem s, en los art culos 160, 170, 817 y siguientes del C digo deá í ó Procedimiento Civil, se resuelve: Que se rechaza la solicitud de lo principal del escrito de 14 de septiembre de 2020, neg ndose lugar a la entrega inmediata a laá solicitante, sin forma de juicio, del inmueble objeto de la presente gesti n.ó An tese, reg strese, notif quese y arch vese, en suó í í í oportunidad Rol V-242-2020. Pronunciada por do a ñ Patricia Ortiz von Nordenflycht, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art.162 del C.P.C. en Santiago, a nueve de abril de dos mil veintiuno. /acb/pov Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-09T18:49:24-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-242-2020 CARATULADO : CLUB DE PROFESORAS GABRIELA MISTRAL Santiago, a nueve de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Con fecha 14 de septiembre de 2020, comparece el Club de Profesoras Gabriela Mistral, instituci n sin fines de lucro,ó representada por do a Brunilda Aravena P rez, profesora, ambas co
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