MP CALAMA C/ MAURO SEBASTIÁN GÓMEZ BÓRQUEZ
Rol
O-13-2024
Fecha
12 de junio de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 20 de febrero del año 2022 a eso de las 16:00 horas de la tarde, la víctima Carlos López Zanzuri deja estacionada su camioneta marca Dodge, modelo Ram, PPU., GWJX-83, en la vía pública, específicamente en la intersección de calle Tocopilla con Quetena de esta comuna. En ese contexto y minutos más tarde este observa que ambos imputados estaban sustrayendo especies de su propiedad desde el interior de la camioneta y lo hacían mediante la fractura de un vidrio trasero del vehículo, la cuales consistían en útiles escolares y ropa de colegio. La víctima logra disuadirlos y los imputados comienzan a huir del lugar con las especies que habían sustraído, sin embargo son retenidos por Carlos López y por terceros transeúntes del lugar, quienes se contactan con Carabineros y estos a su llegada proceden a la detención de los imputados. La víctima no logró recuperar las especies que fueron sustraídas por los imputados cuyo avalúo es de $180.000, y los daños ocasionados a la camioneta marca Dodge asciende a $ 1.700.000.” (sic.) A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de Robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal y que al acusado le ha correspondido participación en calidad de autor. Asimismo, indica el Ministerio Público que no concurren respecto del imputado circunstancias modificatorias de responsabilidad penal requiriendo que se imponga a MAURO SEBASTIÁN GÓMEZ BÓRQUEZ la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más las penas accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Por otra parte s
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, presidida por la jueza titular Marilyn Neira Mendoza e integrada, además, por los jueces Rodrigo Cartes Fierro y Valeria Valiente Vila, titular y suplente, respectivamente, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N° 13-2024, RUC Nº 2200167957-4, seguido en contra de MAURO SEBASTIÁN GÓMEZ BÓRQUEZ, cédula de identidad N° 17.654.221-7, de nacionalidad Chilena, 34 años, nacido el 30 de mayo de1990 en Calama, soltero, ayudante de construcción, domiciliado en Pasaje Rupanco Interior Nº 2226, de la ciudad de Calama. Fue parte acusadora del presente juicio, el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunto doña Virginia Ramos Romero domiciliado en Granaderos 2426, Calama y la defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público don Álvaro Gazón Gajardo, domiciliado en Abaroa 1497, Calama, todos con forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 20 de febrero del año 2022 a eso de las 16:00 horas de la tarde, la víctima Carlos López Zanzuri deja estacionada su camioneta marca Dodge, modelo Ram, PPU., GWJX-83, en la vía pública, específicamente en la intersección de calle Tocopilla con Quetena de esta comuna. En ese contexto y minutos más tarde este observa que ambos imputados estaban sustrayendo especies de su propiedad desde el interior de la camioneta y lo hacían mediante la fractura de un vidrio trasero del vehículo, la cuales consistían en útiles escolares y ropa de colegio. La víctima logra disuadirlos y los imputados comienzan a huir del lugar con las especies que habían sustraído, sin embargo son retenidos por Carlos López y por terceros transeúntes del lugar, quienes se contactan con Carabineros y estos a su llegada proceden a la detención de los imputados. La víctima no logró recuperar las especies que fueron sustraídas por los imputados cuyo avalúo es de $180.000, y los daños ocasionados a la camioneta marca Dodge asciende a $ 1.700.000.” (sic.) A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos del delito de Robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, conforme a lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal y que al acusado le ha correspondido participación en calidad de autor. Asimismo, indica el Ministerio Público que no concurren respecto del imputado circunstancias modificatorias de responsabilidad penal requiriendo que se imponga a MAURO SEBASTIÁN GÓMEZ BÓRQUEZ la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más las penas accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos y la inhabilitaci
Fallo
por tanto, el análisis tiene que ser con la Código: MRQNXXNXNTD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 prueba rendida propiamente tal. Se ha repetido muchas veces la palabra contundente, este Tribunal ha tenido la posibilidad de ver realmente causas donde hay una cantidad de testigos importante relevantes donde realmente los testigos se recuerdan los hechos, todos los mismos, no solamente se recuerdan respecto del imputado que está presente sino que el que no está presente porque en el fondo no hay ninguna razón para la cual de recordar uno por sobre el otro, por tanto, en este caso creemos que eran relevantes algunas pruebas que confirmaran también los dichos de la víctima, no solamente los carabineros que retienen, porque estaba la información disponible, por ejemplo, los lugares donde supuestamente habrían lanzado derechamente estas especies, las boletas que se podrían haber acompañado si el mismo día compró esos útiles escolares, ¿por qué no se encuentran las boletas presentes? para dar cuenta del real detrimento, no nos quedemos solamente con la declaración de las víctimas; esta víctima en particular claramente a su juicio no tiene la intención de perjudicar a nadie, es un testigo que trata de relatar justamente ciertas circunstancias, pero hay más de una contradicción en su relato conforme a lo que declaró el mismo día de los hechos, el 20 de febrero, toda vez que él dice en definitiva que va donde un amig
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ MAURO SEBASTIÁN GÓMEZ BÓRQUEZ ROBO EN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO RUC Nº 2200167957-4 RIT Nº 13-2024 CALAMA, doce de junio de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha siete de junio de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, presidida por la jueza titular Marilyn Nei
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