Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MP C/ VICENTE RODRIGO RAMÍREZ VERGARA

Rol

O-309-2023

Fecha

12 de junio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, configuran el delito de Robo con Fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado de consumado, en el cual estima el acusado ha tenido una participación en calidad de autor, conforme a lo previsto en el artículo 15 N°1 del referido cuerpo legal, y atendido que concurren las circunstancias modificatorias agravantes de los artículos 12 N°16 y la del 449 bis, ambas del Código Penal, requiere se le imponga la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, las penas accesorias que correspondan y al pago de las costas de la causa. Código: VMXJXXXXFYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Aperturas. Que, el Ministerio Público señala que la presente causa se trata de un robo en lugar no habitado que tuvo lugar en un establecimiento educacional, que tiene por fin proporcionar educación a niños de la comunidad de Coronel en el sector Maule; el acusado en compañía de otro sujeto, que ha de ser materia de enjuiciamiento, ingresó a este lugar, juntos, concertados, con ánimo de apropiarse de especies; en el lugar hace tiempo se estaban produciendo robos, de bienes para proporcionar educación como alimentar a los niños; ingresando concertadas estas personas, que lo hacen mediante el escalamiento y, en el interior, proceden a sustraer especies de distintas dependencias del establecimiento propiamente tal, de ciertas salas y de la cocina o dependencia destinada a guardar comestibles, de la oficina donde se mantienen elementos como impresoras y otros, sustrayendo y sacando las especies de esta esfera de resguardo, de las salas y del establecimiento de cocina, teniéndolas dispuestas y dándose a la fuga del lugar. Indica que funcionarios de Carabineros en virtud del llamado del denunciante toma conocimiento, concurren al lugar, hacen una revisión, observan el desorden que produjo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que con fecha siete del presente mes y año, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, constituida por las juezas Nancy Loreto Vargas Bustamante, Antonia Flores Rubilar y Milena Andrea Ubilla Carvajal se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N°309-2023 RUC N°2200730577-3 seguida en contra del imputado VICENTE RODRIGO RAMÍREZ VERGARA, cédula de identidad N°20.347.198-K, nacido el 10.02.1999, 24 años de edad, tercero medio rendido, jornalero, soltero, domiciliado en calle Ceferino Fernando Alonso N°1088, Población Berta, comuna de Coronel, representado por el Defensor Alfredo Grandón Lagunas, siendo sostenida acusación por el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto Gonzalo Burgos Gutiérrez. SEGUNDO: Acusación. Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del acusado ya individualizado fundándola en que: “El día 29 de julio del 2022 aproximadamente a las 05:00 horas en el establecimiento educacional escuela Rosa Yáñez Rodríguez ubicada en avenida Pedro Aguirre Cerda número 251 sector Maule de la comuna de Coronel; los acusados Vicente Rodrigo Ramírez Vergara e Isaac Alexander Sanhueza Veliz procedieron con ánimo de lucro y sin la voluntad de sus propietarios a escalar el cierre perimetral para una vez en el interior proceder a sustraer y apropiarse de varios bolsos con diferentes especies del establecimiento educacional; a saber: 01 impresora digital marca Epson modelo L-380 color negro, 01 proyector marca Epson colores negro y blanco, 02 parlantes sin marca color negro, asimismo, también elementos desde la despensa correspondiente a cosas comestibles para guardarlas dentro de unas bolsas con la finalidad también de sustraerlas y apropiarse de ellas siendo sorprendidos por funcionarios de carabineros quiénes procedieron a su detención. Avalúo de las especies sustraídas en un millón de pesos“. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, configuran el delito de Robo con Fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en grado de consumado, en el cual estima el acusado ha tenido una participación en calidad de autor, conforme a lo previsto en el artículo 15 N°1 del referido cuerpo legal, y atendido que concurren las circunstancias modificatorias agravantes de los artículos 12 N°16 y la del 449 bis, ambas del Código Penal, requiere se le imponga la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, las penas accesorias que correspondan y al pago de las costas de la causa. Código: VMXJXXXXFYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Aperturas. Que, el Ministerio Público señala que la presente causa se trata de un robo en lugar no habitado que tuvo lugar en un establecimiento educacional, que tiene por fin proporcionar educación a niños de la comunidad de Coronel en el sector Maule; el acusado

Fallo

se acuerda de sus nombre completo, solo sabe que se llama Isaac. Relata que vive a hartos kilómetros del lugar, lejos, a unas 10 cuadras más o menos, que fueron al lugar desde su domicilio caminando, que mientras iban hacia allá no recuerda de que conversaban. Relata que Isaac tenía la ventaba abierta, que escalaron la pandereta e ingresaron por la ventana, que Isaac lo invitó y le dijo que ya estaba listo, que era llegar, meterse y sacar las cosas, que Isaac abrió, lo que debe haber sido con anterioridad. Depone que ingresaron al lugar, que las cosas ya estaban listas, las ordenaron en un lado, escucharon que venía la policía por lo que él se escondió e Isaac también se escondió dónde estaba él. Explica que las cosas ya estaban hechas cuando él ingresó, que ingresó a una sala donde hay mesas, que la puerta estaba abierta ya que estaban los bolsos listos en la sala, los agarraron, se dirigieron al pasillo para salir por la puerta, pero vieron en el trayecto que estaban alumbrando, ante lo que arrancó, escondiéndose, dejando las cosas ahí mismo. Agrega que no alcanzó a hacer nada, que ingresa y ya la policía estaba alerta y los guardias estaban ahí, que cuando se escondió los bolsos quedaron afuera de la sala, en el pasillo, que fue muy rápido, que Isaac se quedó un rato y luego llegó, al momento, donde estaba él, en el pasillo donde hay un estante gigante donde cabía, estante que estaba dentro del establecimiento. Refiere que la policía estaba buscándolos, que a Isaac lo alca

Texto Completo (Preview)

1 RIT Nº : 309-2023 RUC Nº : 2200730577-3 MATERIA : Robo con fuerza en lugar no habitado IMPUTADO : VICENTE RODRIGO RAMÍREZ VERGARA FISCAL : GONZALO BURGOS GUTIÉRREZ DEFENSOR : ALFREDO GRANDÓN LAGUNAS Concepción, doce de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que con fecha siete del presente mes y año, ante la sala de este Tribunal

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