FUENTES/
Rol
V-66-2020
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
PARTICIÓN, APROBACIÓN DE ESCRITURA DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Con fecha 1 de junio de 2020, a folio1, comparece don PATRICIO ANTONIO MATAMALA FUENTES, temporero, domiciliado en Parcela N° 84 de la comuna de Retiro, asistido por la abogado María Julia Villalobos Guzmán, domiciliada en calle Dieciocho N° 690-A Parral, señalando: Que es, en común con su madre y sus hermanos, uno de los asignatarios y adjudicatarios consignados en la escritura pública de partición de bienes, de fecha 20 de Diciembre de 2019, firmada ante el Notario de esta ciudad, don Jorge Gillet Bebin, relativa a la partición de los bienes quedados al fallecimiento de su padre.- Por existir un incapaz entre los herederos, que es su madre doña Ana Rosa Matamala Vásquez, quien fue declarada interdicta por discapacidad Psíquica o mental y física, privándosele de la representación de sí misma y de la libre administración de sus bienes por Sentencia de este Tribunal de fecha catorce de Mayo del año 2019 e inscrita a fojas 930 N° 443 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Parral y nombrándole a él como Curador Definitivo, por lo que es necesario que se tenga a bien prestar la aprobación de ella, dado que se han cumplido los requisitos legales del caso, de protección de sus derechos. Por lo expuesto y previas citas legales, solicita la aprobación de la Escritura Pública de Adjudicación y División de Comunidad, ya singularizada, y previo informe del Sr. Defensor Público, aprobar dicha escritura, ordenando su Foja: 1 inscripción en el respectivo Registro de Propiedad a cargo del Señor Conservador de Bienes Raíces de Parral. SEGUNDO: Que el solicitante acompañó los siguientes antecedentes fundantes a su petición: 1.- Copia de Escritura Pública de Adjudicación, celebrada ante el Notario Público de Parral don Jorge Gillet Bebin con fecha 20 de Diciembre de 2019, Repertorio N°3434/2019. 2.- Certificado de avalúo fiscal del inmueble con subdivisión predial, Rol de avalúo N°451-118 de la comuna de Retiro.
Fundamentos
considerando que los valores asignados a la interdicta, doña ANA ROSA MATAMALA VÁSQUEZ, están correctos y equivalen exactamente a la suma de $31.250.000.-, que corresponde a su interés en la comunidad, y lo dispuesto en los artículos 396, 1322 y 1342, todos del Código Civil, este Defensor Público es de opinión de aprobar Foja: 1 la escritura de Partición, por cuanto se ha podido establecer que se respetaron los derechos de la interdicta. Sin embargo, en las escrituras de Rectificación, Aclaración, Modificación Complementación y/o Enmienda, citadas precedentemente, se deberá acreditar que la personería con que actúo la mandataria en representación de la comunidad en división, salvo opinión en contrario de Ssa. Es cuanto puedo informar a SSa., sin perjuicio de lo que resuelva en definitiva.- CUARTO: Que con fecha 4 de febrero de 2021, a folio 18, se retienen los autos para fallo. QUINTO: Teniendo presente el mérito de los antecedentes aportados por el solicitante, al tenor de lo informado por el Señor Defensor Público, quien es de opinión de acceder a la solicitud de autos, siempre que se acredite previamente la personería con que actúo la mandataria en representación de la comunidad en división. SEXTO: Que, la personería a que se hace referencia por el señor Defensor Público, consta de la cláusula DÉCIMO SEXTA de la Copia de Escritura Pública de Adjudicación, celebrada ante el Notario Público de Parral don Jorge Gillet Bebin con fecha 20 de Diciembre de 2019, Repertorio N°3434/2019, acompañada a folio 1 de autos. Y visto, además lo que disponen los artículos 1342 del Código Civil y 817 y siguientes del Código de procedimiento Civil,
Fallo
fallo : 4 de febrero de 2021 ____________________________________________________________ Parral, a nueve de abril del año dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Con fecha 1 de junio de 2020, a folio1, comparece don PATRICIO ANTONIO MATAMALA FUENTES, temporero, domiciliado en Parcela N° 84 de la comuna de Retiro, asistido por la abogado María Julia Villalobos Guzmán, domiciliada en calle Dieciocho N° 690-A Parral, señalando: Que es, en común con su madre y sus hermanos, uno de los asignatarios y adjudicatarios consignados en la escritura pública de partición de bienes, de fecha 20 de Diciembre de 2019, firmada ante el Notario de esta ciudad, don Jorge Gillet Bebin, relativa a la partición de los bienes quedados al fallecimiento de su padre.- Por existir un incapaz entre los herederos, que es su madre doña Ana Rosa Matamala Vásquez, quien fue declarada interdicta por discapacidad Psíquica o mental y física, privándosele de la representación de sí misma y de la libre administración de sus bienes por Sentencia de este Tribunal de fecha catorce de Mayo del año 2019 e inscrita a fojas 930 N° 443 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Parral y nombrándole a él como Curador Definitivo, por lo que es necesario que se tenga a bien prestar la aprobación de ella, dado que se han cumplido los requisitos legales del caso, de protección de sus derechos. Por lo expuesto y previas citas legales, solicita la aprobación de la Escritura Pública
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Foja: 1 FOJA: 18 .- .- Causa Rol N° : V-66-2020 Materia : Aprobación de Escritura de Partición Solicitante : Patricio Antonio Matamala Fuentes Run : 11.200.537-4 Fecha de ingreso : 1 de junio de 2020 Autos para fallo : 4 de febrero de 2021 ____________________________________________________________ Parral, a nueve de abril del año dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Con fecha 1 de junio de 2020,
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