FRANCISCO JAVIER RAMIREZ DIAZ C/ RICHARD ANDERSON CORTÉS LEIVA
Rol
O-1934-2018
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 23 de diciembre de 2017, a las 06:40 horas aproximadamente, personal de Carabineros encontró en una de las casas interiores del domicilio ubicado en calle Ferrocarril N°7363, comuna de Lo Espejo, en la cual se hallaba RICHARD ANDERSON CORTÉS LEIVA, una caja fuerte en cuyo interior se mantenía y guardaba 03 envoltorios, contenedores de Cocaína con un peso bruto de 155 gramos, 01 bolsa de nylon transparente, contenedora de Cocaína con un peso bruto de 150 gramos, 03 envoltorios color transparente, contenedores de Cocaína con un peso bruto de 13,6 gramos. Además, se encontró al interior del domicilio, 505 gramos de cocaína y 92,1 gramo de Cocaína. Asimismo, en uno de los dormitorios se encontró un bol de color verde en el cual mantenía Cocaína con un peso bruto de 580 gramos, todo esto sin contar con la autorización competente. Además, se encontró de una billetera con la suma de $71.000.- y una bolsa con $700.000.- atribuibles a lo obtenido por la venta de droga. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 70 del Código Penal; disposiciones de la ley 20.000; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. Se declara: l.- Se condena a don RICHARD ANDERSON CORTÉS LEIVA ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de diez unidades tributarias mensuales, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1 de la ley 20.000, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 23 de diciembre de 2017. II.- Que la pena de multa se dará por cumplida con treinta días que ha permanecido privado de libertad por esta causa, conforme al artículo 49 del Código Penal, permanecido privado de libertad desde el día 30 de mayo 2023. Código: WVEBXXRVXPE Este documento ti
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 70 del Código Penal; disposiciones de la ley 20.000; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. Se declara: l.- Se condena a don RICHARD ANDERSON CORTÉS LEIVA ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de diez unidades tributarias mensuales, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1 de la ley 20.000, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 23 de diciembre de 2017. II.- Que la pena de multa se dará por cumplida con treinta días que ha permanecido privado de libertad por esta causa, conforme al artículo 49 del Código Penal, permanecido privado de libertad desde el día 30 de mayo 2023. Código: WVEBXXRVXPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file://Acta1_jg10/audiencias/1701224591-2-1229 III.- Que no reuniéndose ninguno de los requisitos de la ley 18216 y además teniendo en consideración que el imputado fue condenado anteriormente por delito de tráfico, conforme al artículo 62 de la ley 20.000 la pena la deberá cumplirla de manera efectiva, la que deberá computarse desde el día 30 de mayo de 2023 descontado los treinta días imputados al pag
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RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : 1701224591-2 RIT : 1934 - 2018 DELITO : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS NOMBRE IMPUTADO : RICHARD ANDERSON CORTÉS LEIVA CEDULA DE IDENTIDAD : 16.371.931-2 DOMICILIO : CALLE 1 PONIENTE Nº 3041; COMUNA DE LO ESPEJO FISCAL : DANIEL SCHACHERMAYER MONDACA DEFENSOR PRIVADO : MICHEL SOTO SALGADO CEDULA DE IDENTIDAD : 14.199.421-2 CIRCUNST. MODIF
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