13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CLAUDIO ARMANDO CUEVAS TOBAR

Rol

O-2054-2022

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 1 de Junio de 2022, aproximadamente a las 18.30 horas, en la intersección de avenida Macul con Rodrigo de Araya en la comuna de Macul, el imputado CLAUDIO ARMANDO CUEVAS TOBAR interceptó a las víctimas Macarena Ivone Fuentealba Avila y Giselle Francisca Gomez Santander, quienes circulaban por el lugar en sus respectivas bicicletas, momentos en los que CUEVAS TOBAR extrajo un elemento que impresionaba como arma de fuego, apuntándolas y exigiéndoles la entrega de sus bicicletas marca Trek y GT, diciéndoles que si no las entregaban, las mataría, logrando sustraer ambas especies, subiéndose en una de las bicicletas mientras arrastra la segunda, huyendo finalmente del lugar. Delito y grado de desarrollo Robo con intimidación previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal / consumado/ Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don CLAUDIO ARMANDO CUEVAS TOBAR, ya individualizado en la audiencia, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, como autor del delito consumado de Robo con intimidación previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, hecho ocurrido el día 01 de junio de 2022, en la comuna de Macul, sin costas. Código: XBXZXXZXZND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos de los artículo 14 y siguientes de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de la condena y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para com

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don CLAUDIO ARMANDO CUEVAS TOBAR, ya individualizado en la audiencia, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, como autor del delito consumado de Robo con intimidación previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, hecho ocurrido el día 01 de junio de 2022, en la comuna de Macul, sin costas. Código: XBXZXXZXZND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos de los artículo 14 y siguientes de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de la condena y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. Américo Vespucio N° 645, de la comuna de Ñuñoa, una vez que recupere su libertad en la causa en la que actualmente se encuentra en prisión preventiva, bajo apercibimiento de revocársele si no se presenta en la fecha señalada, o si no cumple injustificadamente con sus presentaciones periódicas en Gendarmería de Chi

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TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2200534383-K RIT : 2054 - 2022 IMPUTADO : CLAUDIO ARMANDO CUEVAS TOBAR Cédula de Identidad : 0021400936-6 Nacionalidad : CHILENO Fecha de nacimiento : 25-09-2003 Domicilio : TIGNAMAR 3622 casa E, Población Santa Julia, Macul PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Fecha de sentencia : diez de junio de dos mil veinticuatro JUEZ : DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA (ti

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