ARELLANO/
Rol
V-42-2020
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A fojas 1 se presenta doña SANDRA BRAVO ARELLANO, abogado, en representación de doña MARTA ARELLANO NÚÑEZ, jubilada, todos domiciliados para estos efectos en calle 30 oriente, 4 ½ norte A número 3437 Don Matías de Talca, quien señala que su representada es dueña de tres Depósitos a Plazo Fijo No Renovables, tomados en Coopeuch, domiciliada en calle 1 sur N°885, Sucursal Talca, todos los cuales poseen fecha de emisión el día 18 de Marzo de 2020 y cuyo vencimiento es el día 18 de Junio de 2020. Dichos depósitos a plazo son los siguientes: 1).- Depósito N° 202030231493, Certificado N° 0001622643, por un Capital invertido $22.901.354 y Capital al Rescate $22.983.799.- 2).- Depósito N° 202030231537, Certificado N° 000001622642, por un Capital invertido $10.775.017 y Capital al Rescate $10.813.807.- 3).- Depósito N° 202030231555, Certificado N° 00001622644, por un Capital invertido $388.112 y Capital al Rescate $389.509.- Sin embargo, dichos depósitos a plazo se encuentra actualmente deteriorados en su totalidad, en atención a que por un accidente doméstico, estos se deshicieron al caerse al agua, ello, al interior del hogar de su representada, destruyéndose por completo. Que, conforme a los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092, y la Ley 18.552; solicita al tribunal, se sirva declarar el pérdida o deterioro de dicho Título de Crédito, a fin que se autorice a su representada a ejercer los derechos que le corresponden, como dueña del mismo, quedando nulo y sin valor los ejemplares destruidos. De acuerdo con lo expuesto y las disposiciones mencionadas, solicita, se sirva declarar la pérdida o deterioro de los documentos individualizados precedentemente, dejando sin efecto las copias extraviadas, ordenando la emisión de un duplicado de los depósitos a plazo originales y con mérito de una copia autorizada de la sentencia, se le permita ejercer los derechos que le corresponden en virtud del ya referido depósito a plazo. A fojas 2 y 3 rola Mandato Judicial. A foj
Fundamentos
CONSIDERANDO Que del mérito de autos, se infiere que la peticionaria ha dado cumplimiento a las exigencias legales establecidas para esta clase de gestión, sin que hubiere oposición de persona alguna dentro de término legal, razón por lo cual no cabe sino acceder a lo solicitado.
Fallo
Por lo expuesto y en mérito del documento acompañado y visto, además, lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley 18.092, se declara: I.-) Que HA LUGAR a lo solicitado a fojas 1, consecuencialmente, se da orden de no pago y se deja sin efecto los depósitos: 1).- Depósito N° 202030231493, Certificado N° 000001622643, por un Capital invertido $22.901.354 y Capital al Rescate $22.983.799.- 2).- Depósito N° 202030231537, Certificado N° 000001622642, por un Capital invertido $10.775.017 y Capital al Rescate $10.813.807.- 3).- Depósito N° 202030231555, Certificado N° 000001622644, por un Capital invertido $388.112 y Capital al Rescate $389.509.- Dichos depósitos son a plazo fijo no renovables tomados en Coopeuch, sucursal de Talca ubicado en calle 1 sur N°885 II.-) Que, atento a lo resuelto en el acápite I.-) que precede, se prohíbe a Coopeuch, pagar el original del Depósito a Plazo Renovable no Reajustable a quien quiera que lo presente. III.-) Que, se ordena a la Coopeuch, sucursal Talca, extender un duplicado de los depósitos antes individualizados, a nombre de doña MARTA ARELLANO NUÑEZ, cedula nacional de identidad N°6.180.129-4. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N°42-2020 DICTADA POR DON ALVARO SAAVEDRA SEPULVEDA. JUEZ LETRADO TITULAR. AUTORIZA DON JUAN RODRÍGUEZ MOYA. SECRETARIO SUBROGANTE. En Talca a nueve de abril de dos mil veintiuno, notifique por el estado diario la resolución que antecede.- Este documento tiene firma electrónica
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FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-42-2020 CARATULADO : ARELLANO/ Talca, nueve de abril de dos mil veintiuno.- VISTOS: A fojas 1 se presenta doña SANDRA BRAVO ARELLANO, abogado, en representación de doña MARTA ARELLANO NÚÑEZ, jubilada, todos domiciliados para estos efectos en calle 30 oriente, 4 ½ norte A número 3437 Don Matías de T
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