FREDIC ERWIN GOLDBERG ARÉVALO C/ JEAN CARLOS NOGUERA CORDOVA
Rol
O-1983-2023
Fecha
10 de junio de 2024
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: ‘‘El día 21 de Julio de 2023, aproximadamente a las 09:20 horas, en calle Nueva Uno frente a la numeración 4060, Comuna Pedro Aguirre Cerda el imputado JEAN CARLOS NOGUERA CORDOVA y JONDEIKER DAVID ROJAS MANTEROLA junto con otro sujeto no identificado fueron sorprendidos realizando una transferencia de droga. Al ser fiscalizado el vendedor JEAN CARLOS NOGUERA CORDOVA fue sorprendido portando y poseyendo en el bolsillo delantero de su polerón 02 cartuchos de escopeta 12 mm. Marca Rio ammo, sin percutir y 02 municiones 9 m.m, sin percutir, y sin contar con la autorización competente para poseer dichas municiones”. La sentencia se encuentra grabada bajo el nombre 2300787527-4-1229 en sala 203-B. Santiago, diez de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículo 9 y 2 de la Ley 17.798; artículo 1 y 4 de la Ley 20.000; Ley 18.216; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a Jean Carlos Noguera Cordova, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, Código: EEZFXXXHDSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como autor del delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la Ley 17.978 y a la pena sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de un tercio de unidad tributaria mensual como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, ambos delitos consumados y perpetrados en esta Jurisdicción el 21 de julio de 2023. II.- Que
Fallo
se declara: l.- Que se condena a Jean Carlos Noguera Cordova, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, Código: EEZFXXXHDSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como autor del delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la Ley 17.978 y a la pena sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa de un tercio de unidad tributaria mensual como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1 de la Ley 20.000, ambos delitos consumados y perpetrados en esta Jurisdicción el 21 de julio de 2023. II.- Que la pena de multa se le va a dar por cumplida por el día que permaneció privado de libertad por esta causa entre el día 21 y 23 de julio de 2023, día de la detención y control del mismo. III.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas. IV.- Que ejecutoriada que se encuentre la sentencia, se ordena la determinación de la huella genética incluyéndose en el registro de condenados conforme lo dispone el artículo 17 de la Ley 19.970 a través de Gendarmería de Chile. V.- Que concurriendo en la especie los requisitos
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RUC : 2300787527-4 RIT : 1983 – 2023 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : JEAN CARLOS NOGUERA CORDOVA CÉDULA DE IDENTIDAD : 14.896.742-3 DOMICILIO : Calle Pedro Montt Nº 1606, Santiago. FISCAL : PATRICIO PEREZ ROJAS MINISTERIO DEL INTERIOR : BADER ÁLAMOS MUSRE DEFENSA PÚBLICA : ROBERTO PASTEN SAAVEDRA TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Di
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