Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

COLLAO/COMERCIAL RED OFFICE

Rol

T-26-2022

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 485 inciso 3º CT, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 02 de junio de 2022, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se llevó a efecto juicio oral en los autos RIT T-26-2022 RUC 22-4-0385146-2 por vulneración de derechos en ocasión del despido, despido indebido e indemnizaciones. La demanda fue interpuesta por doña CAMILA FRANCISCA COLLAO PERÉZ, desempleada, cédula nacional de identidad n° 19.349.261-4, con domicilio en Pasaje Cristina Pozo n° 1374, Coquimbo, quien fue asistida por el abogado Pablo Galleguillos Galleguillos y la abogada Maryory Oyarzún Carvajal. La demandada es COMERCIAL REDOFFICE LTDA., RUT 77.012.870-6, representada legalmente por don José Ignacio Silva Ibañez, cédula nacional de identidad n° 9.748.846-0, ambos domiciliados para estos efectos en Gregorio Cordovez n° 484, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, quien es representada por el abogado Felipe Navarro Vergara.

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que, la denunciante inició su relación laboral en calidad de trabajador con la demandada COMERCIAL REDOFICCE LTDA., con fecha 20 de enero del año 2017, desempeñando según estipulaba el contrato de trabajo a plazo fijo, la labor de cajera en la sucursal ubicada en Gregorio Cordobés n° 484, comuna de La Serena. “Posteriormente, con fecha 1 de mayo del año 2017, tras la continuidad ininterrumpida de mi relación laboral, suscribí un anexo de contrato de trabajo de carácter indefinido con mi ex empleador, anexo en virtud del cual comencé a desempeñar la función de supervisora de caja; en dicho cargo cumplía las siguientes funciones específicas: cuadrar cajas (de ventas diarias desfasadas), revisar el consolidado de la cajera, revisar si estaba cuadrado su dinero, revisar ventas, efectivo y crédito mediante un formato Excel, ingresar registro de Transbank, respaldar cada una de las ventas de factura con su transferencia respectiva, luego lograr que la caja quedará en monto $0, contar el dinero, ir al banco a realizar depósitos, durante el día realizaba notas de crédito y débito de los clientes. El desempeño de mis funciones, era supervisado por la Jefa de Sucursal doña Jenny Núñez Camus, con quien siempre mantuve una relación tensa, debido a sus malos tratos y prepotencia al momento de impartir órdenes e instrucciones, pero los dilemas producto de sus ofensas eran generalizados en los empleados de la sucursal, no siendo, en ese momento, algo específicamente personal hacia mí; sin perjuicio de ello, siempre cuidé mi trabajo, e intenté acatar sus órdenes en todo lo posible, teniendo en cuenta las condiciones y dificultades laborales, producto de la pandemia que sufría nuestro país en ese momento, y que provocó la reducción de personal en el año 2020. Sin embargo y a pesar de mis esfuerzos por mantener una relación cordial y un buen ambiente de trabajo con doña Jenny Núñez, en muchas oportunidades sufrí agresiones verbales de su parte y malos tratos. Aun cuando este ambiente laboral tan negativo era constante, todo empeoró cuando solicité, en varias oportunidades, que se hicieran reparaciones en mi lugar de trabajo, específicamente en la oficina que se destinó para desempeñar mis labores de supervisora de caja, acondicionada para tales efectos. Esta oficina tenía daños considerables en el piso tal como se muestra en las fotografías (que acompaño en otrosí de este escrito), esto implicaba un alto y constante riesgo para mi integridad física, por lo cual el día 19 de julio de 2021, realicé la constancia n° 49590 ante la oficina virtual de La Inspección del Trabajo; esta negativa en la reparación por parte de mi empleador de las condiciones del piso, constituía sin duda una clara falta a la protección de mi seguridad y la de mis compañeras de trabajo, quienes se enfrentaban constantemente a la posibilidad de sufrir un accidente. Por ello, con fecha 19 de julio del año 2021, hice la denuncia laboral respectiva ante la inspección del

Fallo

fallo firme a Dirección ChileCompra que es la institución que administra la plataforma de compras públicas de Chile. 5.- Que, se condene a las denunciadas al pago de las costas del juicio. SEGUNDO: Que, la demanda niega y controvierte expresamente: 1. Que la Jefa de la Sucursal, Jenny Nuñez, la habría tratado de mala manera o en forma prepotente, sufriendo agresiones verbales. 2. Que habría debido trabajar en un lugar de trabajo dañado, que habría implicado un alto y constante riesgo para su integridad física. Razón por la cual realizó la Constancia N° 49590 ante la Inspección del Trabajo y que días previos a la fiscalización en terreno se habría clausurado su oficina en forma total. 3. Que habría sido presionada para desempeñar el cargo de cajera en horario extendido, en circunstancias de que su cargo era el de Supervisora de Caja. 6 4. Que los hechos anteriores le habrían producido problemas de salud mental, por lo cual presentó licencias médicas el 1 de septiembre de 2021, en octubre de 2021 y en noviembre de 2021. 5. Que a raíz de las supuestas presiones para desempeñar un cargo distinto al que le habría correspondido realizó tres denuncias ante la Dirección del Trabajo: (a) La primera, que implicó el procedimiento de fiscalización N° 611, Inspección N° 0401, del 2 de septiembre de 2021; (b) La segunda, con fecha 30 de noviembre de 2021, mediante constancia N° 95177; (c) La tercera, con fecha 1 de diciembre de 2021, mediante constancia N° 95608. Y que a raíz de ellas hab

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La Serena, nueve de junio de dos mil veintidós. Vistos: Que, con fecha 02 de junio de 2022, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se llevó a efecto juicio oral en los autos RIT T-26-2022 RUC 22-4-0385146-2 por vulneración de derechos en ocasión del despido, despido indebido e indemnizaciones. La demanda fue interpuesta por doña CAMILA FRANCISCA COLLAO PERÉZ, desempleada, cédula na

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