6º Juzgado Civil de Santiago

SÁEZ/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPU

Rol

C-2315-2021

Fecha

8 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Juana Del Carmen S ez Merino, labores de hogar,á domiciliada en Pasaje Fuerte Arteaga N 2352, Conjunto Habitacional La Rinconada° Oriente, comuna de Maip eú interpone demanda de prescripci n extintiva de la acci nó ó de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por su alcaldesa Catherineí ú Carolina Barriga Guerra, ambos domiciliados en Avenida Cinco de Abril N 260,° comuna de Maipú. Fundamenta su presentaci n, se alando que es due a del inmueble ubicado enó ñ ñ Pasaje Fuerte Arteaga N 2352, Conjunto Habitacional La Rinconada Oriente, comuna° de Maip , y que respecto de la propiedad existir an derechos de aseo que est nú í á pendientes de pago, desde el 30 de Abril del 2013 al 30 de Noviembre del 2021, seg nú consta en el documento denominado Informe de deuda derechos de aseo , acompa ado“ ” ñ en autos, y que de acuerdo a dicho documento, el periodo que abarca desde el 30 de Abril del 2013 al 31 de Diciembre del 2015, se encontrar a prescrito por haberí transcurrido el plazo se alado en la ley.ñ Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario, de declaraci n de prescripci n extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidadó ó de Maip , y en definitiva declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deú ó derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventualesá multas, respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Fuerte Arteaga N 2352, Conjunto° Habitacional La Rinconada Oriente, comuna de Maip , correspondiente al periodoú comprendido entre el 30 de Abril del 2013 al 31 de Diciembre del 2015, ascendentes a la suma de $284.000, o lo que el Tribunal determine conforme a derecho. Que, con fecha 30 de marzo de 2021, rola resoluci n que tiene por notificadaó expresamente a la entidad demandada de autos. C-2315-2021 Foja: 1 Que con fecha 7 de abril de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda correspondiente a derecho de aseo municipal respecto del domicilio correspondiente a Pasaje Fuerte Arteaga N 2352, Conjunto Habitacional La Rinconada° Oriente, comuna de Maip , consta en autos el certificado emitido por la Ilustreú Municipalidad de Maip , que da cuenta de sumas adeudadas entre el 30 de Abril delú 2013 al 30 de Noviembre del 2020, ambos inclusive. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible. ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto. é QUINTO: Que en cuanto a los periodos correspondientes a las deudas por concepto de derechos de aseo municipal devengadas entre el 30 de abril del 2013 al 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive, es posible colegir que sus acciones para el cobro se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a osá ñ desde la fecha de vencimiento de las cuotas adeudadas y la notificaci n personal deló libelo pretensor, acaecida el d a í 30 de marzo de 2021. SEXTO: Que consta en autos el allanamiento total de la demandada, por lo que no se le condenar en costas, como se dir en lo resolutivo del fallo.á á

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los 2492,á 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, 253 y siguientes yó í 703 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó C-2315-2021 Foja: 1 I.- Que se acoge la demanda de fojas 1, declar ndose en consecuencia que lasá acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos emanados de derechos de aseo municipal adeudados por la demandante a la Ilustre Municipalidad de Maip , respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Fuerte Arteaga Nú ° 2352, Conjunto Habitacional La Rinconada Oriente, comuna de Maip , correspondienteú a las comprendidas entre el 30 de abril del 2013 al 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive, se encuentran prescritas, debiendo dichas cuotas eliminarse del estado de deuda por concepto de dichos derechos por parte de la demandada de autos, ejecutoriada que sea la presente sentencia. II-. Que, no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidad. ó í í ROL N C-2315-2021° DICTADA POR DO A ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DELÑ SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA DO A MINDY VILLAR SIMON, SECRETARIA TITULAR.Ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Abril de dos mil veintiuno C-2315-2021 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original

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C-2315-2021 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2315-2021 CARATULADO : S EZ/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE MAIPUÁ Santiago, ocho de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Juana Del Carmen S ez Merino, labores de hogar,á domiciliada en Pasaje Fuerte Arteaga N 2352, Conjunto Habitacional La Rinconada° Oriente, com

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