LUIS ENRIQUE MAYA GUERRA C/ MARCO ARTURO PALACIO OLMOS
Rol
O-462-2024
Fecha
10 de junio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49 y 70 del Código Penal; 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 110 y 196 de la Ley de Tránsito; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don MARCO ARTURO PALACIO OLMOS, cédula de identidad N° 14.454.707-1, domiciliado en calle Prat N° 501, Block C, Dpto. 47, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN de su LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS; en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultados de daños, prescrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, cometido el día 12 de agosto de 2023, en la comuna de La Ligua. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS LA LIGUA, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, el día 24 de junio del año en curso, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Código: EMCHXXPMXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se otorga al sent
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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, diez de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 49 y 70 del Códi
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