MP C/ KEVIN ALEJANDRO BARRÍA MORALES
Rol
O-854-2023
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
RIT : 854 - 2023 RUC : 2300925225-8 PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO MATERIA : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA IMPUTADO : KEVIN ALEJANDRO BARRÍA MORALES. SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Río Negro, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 26 de agosto del año 2023 el imputado Kevin Alejandro Barría Morales alrededor de las 22:35 horas condujo en estado de ebriedad por calle Eleuterio Ramírez de la comuna de Purranque donde al llegar a la intersección de calle Pedro Montt de la misma comuna del ebriedad del imputado por mantener esté el rostro congestionado, incoherencias al hablar e inestabilidad al caminar, procediéndose a su detención en el lugar, sometiéndose el imputado a la prueba respiratoria intoxilaiser y posteriormente a la alcoholemia en el Hospital de la comuna, el cual arrojo que al momento del ilícito lo hacía con 1.84 gramos de alcohol por litro de sangre. Cabe hacer presente además que al momento del ilícito el imputado no había obtenido licencia de conducir que lo habilitara para la conducción de vehículos motorizados.” Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°6 y N°9, 14, 15, 25, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1, 8, 47, 295, 297, 340, 342, 388, 389, 390, 393, Código: XDMWXXGBHGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 394 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 de la Ley N°18.290; artículos 1, 3, 4 y 38 de la Ley N°18.216,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento del Ministerio Público, y en consecuencia se condena a KEVIN ALEJANDRO BARRÍA MORALES, cédula nacional de identidad N°21.241.697-5, domiciliado en Sector Carimallin s/n, Entre Lagos, comuna de Puyehue, en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículo 196 en relación al artículo 110 y 209 de la Ley N°18.290 sobre Tránsito, verificado el 26 de agosto de 2023, en la comuna de Purranque, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y accesoria especial de inhabilitación para obtener licencia de conducir por plazo de DOS AÑOS. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, reuniendo el sentenciado BARRÍA MORALES los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Osorno, por el término de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social indicado, dentro de los cinco días siguientes de ejecutoriado
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RIT : 854 - 2023 RUC : 2300925225-8 PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO MATERIA : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA IMPUTADO : KEVIN ALEJANDRO BARRÍA MORALES. SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Río Negro, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la pre
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