M.P. C/ JORGE HUMBERTO MAÑÁN SILVA
Rol
O-525-2023
Fecha
10 de junio de 2024
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Hecho 1: Con fecha 16 de junio de 2022 siendo aproximadamente las 01:15 horas, el acusado Mañán Silva transitaba por calle Bernales en la comuna de Malloa a bordo del vehículo marca Suzuki modelo Ertiga color beige placa patente única HZBL 47, sin contar con la placa delantera del mismo, siendo sorprendido por Carabineros. Mañán se da a la fuga llegando hasta la comuna de Rengo, siendo detenido en calle Riquelme con Colo Colo. Al efectuar el registro al móvil, los policías descubrieron que el imputado ocultaba en la guantera del móvil un calcetín en cuyo interior tenía una bolsa con 14 gramos de clorhidrato de cocaína, tres envoltorios con pasta base de cocaína y otra con 1.5 gramos de ketamina. Más tarde, al revisar la parte trasera del mismo vehículo, se encuentran con 168 envoltorios contenedores de un total de 40.7 gramos de pasta base de cocaína y al interior de un frasco de vidrio conservero un total de 51 gramos de marihuana. Asimismo, se le incautó un total de 145 mil pesos. Hecho 2: Con fecha 30 de agosto de 2022 siendo aproximadamente las 20:00 horas, el acusado Mañán Silva transitaba por calle Quintalba en la comuna de Rengo a bordo del vehículo marca Suzuki modelo Ertiga color beige placa patente única HZBL 47, intentando ser controlado por funcionarios de Carabineros. Mañán se da a la fuga siendo detenido en calle Jaime Guzman con Osorno. Al efectuar el registro al móvil, los policías descubrieron que el imputado ocultaba una bolsa contenedora de 45 gramos de cocaína, una bolsa 07 gramos de la misma droga y 7 envoltorios de 1.5 gramos cocaína, al interior de una mochila una bolsa con 11.1 gramos de marihuana, y la suma de 41 mil pesos.” (Sic) Código: FCXFXXXXLFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 La Fiscal calificó jurídicamente los hechos del N° 1 como constitutivos de un delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, previsto y sancionado en el artículo 4 en r
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua, constituido por el Juez Presidente, Hernán González Muñoz, Raúl Baldomino Díaz, en calidad de integrante y Rocío Castelló Cordero, como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, en la causa RIT 525-2023, RUC 2200574944-5, seguida en contra del acusado JORGE HUMBERTO MAÑÁN SILVA, soltero, 33 años, nacido en Estación Central el 9 de agosto de 1989, trabajador del campo, Chileno, cédula de identidad número 17.304.401-1, domiciliado en Puente Negro, Isla de Briones (frente a sede social) S/N de San Fernando, quien se encuentra en libertad en esta causa. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, la Fiscal Adjunta de Rancagua, Fernanda Orpis Mesina y la Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público Gustavo Herrera Rivadeneira asistido por el abogado Ronald Guajardo Barahona, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Segundo: Que el Ministerio Público fundó la acusación en los siguientes hechos: “Hecho 1: Con fecha 16 de junio de 2022 siendo aproximadamente las 01:15 horas, el acusado Mañán Silva transitaba por calle Bernales en la comuna de Malloa a bordo del vehículo marca Suzuki modelo Ertiga color beige placa patente única HZBL 47, sin contar con la placa delantera del mismo, siendo sorprendido por Carabineros. Mañán se da a la fuga llegando hasta la comuna de Rengo, siendo detenido en calle Riquelme con Colo Colo. Al efectuar el registro al móvil, los policías descubrieron que el imputado ocultaba en la guantera del móvil un calcetín en cuyo interior tenía una bolsa con 14 gramos de clorhidrato de cocaína, tres envoltorios con pasta base de cocaína y otra con 1.5 gramos de ketamina. Más tarde, al revisar la parte trasera del mismo vehículo, se encuentran con 168 envoltorios contenedores de un total de 40.7 gramos de pasta base de cocaína y al interior de un frasco de vidrio conservero un total de 51 gramos de marihuana. Asimismo, se le incautó un total de 145 mil pesos. Hecho 2: Con fecha 30 de agosto de 2022 siendo aproximadamente las 20:00 horas, el acusado Mañán Silva transitaba por calle Quintalba en la comuna de Rengo a bordo del vehículo marca Suzuki modelo Ertiga color beige placa patente única HZBL 47, intentando ser controlado por funcionarios de Carabineros. Mañán se da a la fuga siendo detenido en calle Jaime Guzman con Osorno. Al efectuar el registro al móvil, los policías descubrieron que el imputado ocultaba una bolsa contenedora de 45 gramos de cocaína, una bolsa 07 gramos de la misma droga y 7 envoltorios de 1.5 gramos cocaína, al interior de una mochila una bolsa con 11.1 gramos de marihuana, y la suma de 41 mil pesos.” (Sic) Código: FCXFXXXXLFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 La Fiscal calificó jurídicamente los hechos del N° 1 como constitutivos de un delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de d
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 26, 30, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1 y 4, 41, 45 y 46 de la Ley 20.000; 47, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342 y 348 del Código Procesal Penal, artículo 192, letra e) de la Ley 18.290, Ley 18.216, Ley 20.568 y Ley 19.970, se declara: I.- Que se absuelve a Jorge Humberto Mañán Silva, ya individualizado, de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público, de ser autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado con patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192, letra e), de la Ley 18.290, pesquisado el día 14 de junio de 2.022 en la comuna de Rengo. II.- Que se condena a Jorge Humberto Mañán Silva, ya individualizado, a dos penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de dos delitos consumados de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, sorprendidos el día 14 de junio de 2022 y el 30 de agosto de 2022, ambos en la comuna de Rengo, correspondientes a los hechos 1 y 2 de la acusación, respectivamente. III.- Se le sanciona, además, al pago de dos multas equivalentes a cuatro unidades tributarias mensuales, cada una, vi
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1 Rancagua, diez de junio de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Que ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Rancagua, constituido por el Juez Presidente, Hernán González Muñoz, Raúl Baldomino Díaz, en calidad de integrante y Rocío Castelló Cordero, como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, en la causa RIT 525-2023, RUC 2200
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