Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ JUAN ANTONIO GUTIÉRREZ OYARZÚN

Rol

O-4519-2024

Fecha

9 de junio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 4 9 - 4 RUC 4 6 69 -9 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: NTWTXXYZTXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-10T16:48:43-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 70, 432, 446 N° 3 y 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 3 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a JUAN ANTONIO GUTIÉRREZ OYARZÚN, RUN N° 93 - , ya individualizado, como autor del delito en grado de tentativa de hurto simple en perjuicio del Supermercado Unimarc, cometido en Puerto Montt el día 08 de junio de 2024, a la PENA de UN DÍA de PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que la pena corporal se le da por cumplida y la pena de multa se le da por pagada con los dos días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente a los días 08 y 09 de junio de 2024. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RIT 4 9 - 4 RUC 4 6 69 -9 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Nvb. Código: NTWTXXYZTXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado e

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Sentencia: Puerto Montt, nueve de junio de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 70, 432, 446 N° 3 y 449 del Código Penal; ar

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