8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ANTONIO ALEJANDRO PÉREZ HERRERA

Rol

O-8051-2023

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El 23 de diciembre de 2023 siendo aproximadamente las 10.10 horas personal de seguridad ciudadana de Ñuñoa, sorprendieron al imputado Antonio Alejandro Pérez Herrera, ya individualizado, en los momentos que conducía la motocicleta marca honda modelo cbf-125 Twister, color rojo, sin sus placas patentes específicamente en calle Los Tres Antonios, a la altura del nro. 400 comuna de Ñuñoa, y lo hacía sin llevar casco, por lo que se le procede a su fiscalización, y solicitando su detención, haciendo caso omiso el imputado saliendo en su persecución por varias cuadras, para en un momento el imputado perder el control de la motocicleta impactando el vehículo municipal cayendo al suelo y huyendo a pie siendo perseguido por el personal municipal logrando su retención y entregándolo a carabineros. Posteriormente, se pudo determinar que la motocicleta según número de chasis correspondía a la patente LGL.041, de propiedad de la víctima Bryan Acevedo Poblete, la cual mantenía encargo vigente de robo, según consta de la denuncia efectuada por su propietario con fecha 21.12.2023, ante personal de la 43 comisaria de Peñalolén, manifestando que ese mismo día siendo aproximadamente las 21.30 horas en el sector de Avenida Sánchez Fontecilla con Camilo Morí, Peñalolén, la victima al momento de subirse a su motocicleta fue abordado por dos sujetos que, mediante intimidación, esto es, exhibiéndole un arma de fuego y un cuchillo, exigiéndole la entrega del móvil, huyendo con la especie en dirección desconocida, por lo que, el imputado Pérez Herrera conocía, o no podía menos que conocer su origen ilícito. Así también se incautó en poder del imputado, específicamente al interior de una mochila marca Saxoline que portaba, un cuchillo Código: VZVXXXVZQYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cocinero sin marca mango color rojo, de aproximadamente 19 cms de hoja y 12 cms. de empuñadura; un segundo cuchillo cocinero sin m

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6 y N°9; 14 N°1, 15 N°1, 18, 25, 29, 51, 288 bis y 456 bis A del Código Penal; 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se condena a Antonio Alejandro Pérez Herrera, previamente individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual y accesorias legales del artículo 30 del código del ramo, por su participación en calidad de autor del delito consumado de receptación y, a la pena de una (1) Unidad Tributaria Mensual y comiso de las especies incautadas, por su participación en calidad de autor, del delito consumado de porte de arma cortante o punzante, ambos perpetrados el 23 de diciembre de 2023, en la comuna de Ñuñoa. II.- La pena corporal se cumplirá de forma efectiva, abonándose 162 días en que el imputado ha permanecido privado de libertad en la presente causa, ininterrumpidamente, hasta el día de hoy, con ocasión de la medida cautelar de prisión preventiva decretada en su contra. III.- Las dos penas de multa decretadas de un tercio y una Unidad Tributaria Mensual, correspondientes a ambos delitos, se tendrán por cumplidas, con cargo a Código: VZVXXXVZQYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cuatro (4) días, en que el imputado permaneció privado de libertad con ocasión de la prisión preventiva

Texto Completo (Preview)

Sentencia Procedimiento abreviado Fecha Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro Magistrado DAVID ANTONIO PASTEN AHUMADA Fiscal RAMON RIFF ROMERO Defensor GUIDO AGUSTO AGUILAR Imputado ANTONIO ALEJANDRO PÉREZ HERRERA C.I. 19171852-6 Domicilio PASAJE 90, CASA 1382, PEÑALOLEN Tribunal 8º Juzgado de Garantía de Santiago RUC 2301410439-9 RIT 8051 – 2023 Delito Receptación de vehículos motorizad

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