1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

ARGOMEDO/

Rol

V-7-2021

Fecha

7 de abril de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de febrero del a o 2021, comparece donñ OSCAR RICARDO CONTRERAS CALDER N, C dula Nacional de Identidad NºÓ é 15.114.254-0, domiciliado en Jos Toribio Medina Nº 48, Segundo Piso, Oficina 1,é comuna de Santa Cruz, Abogado en representaci n de don ó DAVID ALEJANDRO ARGOMEDO URZ AÚ , C dula Nacional de Identidad Nºé 15.803.321-6, Trabajador Agr cola, domiciliado en Rinconada de Quiahue sin n mero, comuna deí ú Lolol, solicitando se ordene al Se or Conservador de Bienes Ra ces de Santa Cruz,ñ í rectificar la inscripci n de dominio a nombre de la sucesi n de don Jos Luisó ó é Argomedo Becerra, de fojas 347, n mero 292, del Registro de Propiedades del a oú ñ 2006 de dicho Conservador, en cuanto al nombre de su representado es err neamente mencionado, como ó DANIEL ALEJANDRO ARGOMEDO URZUA, en circunstancia que su nombre es DAVID ALEJANDRO ARGOMEDO URZ AÚ . Agrega que el titulo objeto de su solicitud corresponde a la inscripci n de laó escritura de adjudicaci n de fecha 14 de febrero del a o 2006 otorgada ante eló ñ notario de Santa Cruz don Gabriel Unzueta Doll, Suplente de don Jorge Tampe Maldonado. Menciona que en dicha escritura el liquidador de la Sociedad Agr colaí Rinconada de Quiahue Limitada, el abogado don Cirico Alejandro Arrat a Vidal,í adjudic los lotes 23 y 58 a la sucesi n de don Jos Luis Argomedo Becerra, quienó ó é era uno de los socios. En la cl usula novena de la escritura se se ala que dichaá ñ sucesi n est compuesta por sus hijos leg timos: “Aliro del Carmen, Luis Adolfo,ó á í Mar a Artemira, Magno Enrique, V ctor Manuel, Brum o Bruni del Carmen,í í Mariano del Carmen, Maribel del Carmen, Orfelia del Carmen, Gilda del Carmen, Julia Alejandra y Daniel Alejandro, todos Argomedo Urz a, sin perjuicio de losú derechos de la c nyuge sobreviviente do a Mar a Jes s Urz a”. Relata que enó ñ í ú ú aquella cl usula surge el error al individualizar de forma err nea a su representadoá ó don David Alejandro como Daniel Alejandro, y que la inscripci n de laó adjudicaci n tambi n incurri en el error que se conten a en la escritura.ó é ó í Argumenta su solicitud al Tribunal se alando que, si bien este error en lañ inscripci n citada se podr a resolver celebrando una escritura de modificaci n de laó í ó escritura de adjudicaci n, ello no es posible, porque el abogado don Ciricoó Alejandro Arrat a Vidal, quien ten a facultades para rectificar dicha escritura,í í conforme a la cl usula d cimo tercera de la misma, falleci con fecha 07 de agostoá é ó del a o 2006. Indica tambi n, que si bien otra opci n de correcci n de la escriturañ é ó ó es mediante una escritura de modificaci n que firmen los ex socios de la Sociedadó Agr cola Rinconada de Quiahue Limitada, pero ello tampoco es posible porque losí socios eran m s de cincuenta, y muchos de ellos han fallecido.á Por lo que, en raz n de los antecedentes aportados, afirma que para efectosó de rectificar el t tulo mencionado, solo puede recurrir al presente procedim

Fallo

SE RESUELVE: HA LUGAR a lo solicitado, en consecuencia, proceda el Se or Conservadorñ de Bienes Ra ces de Santa Cruz, a tomar nota al margen de la inscripci n deí ó dominio inscrita a nombre de la sucesi n de don Jos Luis Argomedo Becerra, deó é fojas 347, n mero 292, del Registro de Propiedades del a o 2006 a su cargo, en elú ñ sentido de rectificar la individualizaci n de quien figura con el nombre deó “DANIEL ALEJANDRO ARGOMEDO URZUA”, cuyo nombre correcto es “DAVID ALEJANDRO ARGOMEDO URZ AÚ .”, modific ndose en tal sentidoá y quedando en definitiva como “DAVID ALEJANDRO ARGOMEDO URZ A”, Ú C dula Nacional de Identidad Nºé 15.803.321-6, debiendo archivar copia del presente fallo.- An tese, reg strese y en su oportunidad arch vese.ó í í Dictada por don MAURICIO N EZ ECHEVERR AÚÑ Í , Juez Titular.- En Santa Cruz, a siete de Abril de dos mil veintiuno, se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-07T13:10:55-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 9.-nueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : V-7-2021 CARATULADO : ARGOMEDO/ Santa Cruz, siete de Abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de febrero del a o 2021, comparece donñ OSCAR RICARDO CONTRERAS CALDER N, C dula Nacional de Identidad NºÓ é 15.114.254-0, domiciliado en Jos Toribio Medina Nº 48

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