MMPP C/ HERMAN PATRICIO ANSALDO DÍAZ
Rol
O-1274-2022
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 1 de agosto de 2022, aproximadamente a las 00:37 horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima Maria Enriqueta Morales Valencia, se encontraba durmiendo al interior de su domicilio ubicado en calle Gustavo Fillipi Muratto N° 340, de la comuna de La Calera, al lugar arribo el requerido Hernán Patricio Ansaldo Díaz, quien sin autorización de la víctima procedió a ingresar mediante el escalamiento del cierre perimetral al patio del inmueble, provocando que el perro de la víctima comenzara a ladrar, lo que alerto a la víctima, quien lo sorprendió en el referido patio, recriminándole su acción y llamando a Carabineros, quienes concurrieron al lugar y sorprendieron al requerido oculto bajo una alfombra que la víctima mantenía en el patio, procediendo a su detención. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 11 nº9, 14 nº1, 15 N° 1, 18, 25, 67, 144, del Código Penal; y 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se condena a HERMAN PATRICIO ANSALDO DÍAZ, Cédula Identidad 0016400796-0, ya individualizado, como autor de un delito de violación de morada, previsto y sancionado en los artículos 144 del Código Penal, en grado de ejecución consumado, cometido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 01 de agosto del 2022, a la pena de un tercio de unidad tributaria mensual. Código: QGJCXXTBXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que en lo que se refiere a la pena de multa impuesta, esta se le dará por cumplida en atención al tiempo de privación de libertad que registro el sentenciado en la causa mediante la medida cautelar decretada con fecha 01 de agosto del 2022, que fue arresto domiciliari
Fallo
se declara: I.- Se condena a HERMAN PATRICIO ANSALDO DÍAZ, Cédula Identidad 0016400796-0, ya individualizado, como autor de un delito de violación de morada, previsto y sancionado en los artículos 144 del Código Penal, en grado de ejecución consumado, cometido en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 01 de agosto del 2022, a la pena de un tercio de unidad tributaria mensual. Código: QGJCXXTBXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que en lo que se refiere a la pena de multa impuesta, esta se le dará por cumplida en atención al tiempo de privación de libertad que registro el sentenciado en la causa mediante la medida cautelar decretada con fecha 01 de agosto del 2022, que fue arresto domiciliario total. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad, renunciando a un juicio, evitando los gastos ocasionados con ello. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 1274 - 2022 RUC: 2200736012-K PRONUNCIADA POR PAULA MARIA CAPRILE COSTA, JUEZ DE GARANTÍA DE LA CALERA. PMF Código: QGJCXXTBXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QGJCXXTBXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-0
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, a seis de junio de dos mil veinticuatro. Hechos: Que el día 1 de agosto de 2022, aproximadamente a las 00:37 horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima Maria Enriqueta Morales Valencia, se encontraba durmiendo al interior de su domicilio ubicado en calle Gustavo Fillipi Muratto N° 340, de la comuna de La Calera, al lugar arribo el re
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