C/ LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ
Rol
O-2176-2023
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos así escrito constituyen delito de Robo en Lugar No Habitado del artículo 442 del Código Penal, autor, frustrado. Hecho 2 : El día 21 de julio de 2023, siendo aproximadamente las 18:50 horas, el imputado LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ ingresó a la tienda WON, ubicada en calle Eyzaguirre 1617 en la comuna de San Bernardo, encontrándose en el lugar jefe de la tienda, don MIGUEL ANTONIO SARABIA ESPINOZA y la ejecutiva de ventas JUSBEYDA ARIAS COLMENARES, a quienes el imputado, al ingresar al lugar, intimida señalando “esto es un asalto, es un robo”, para luego llevarse la mano derecha a la pretina de su pantalón, provocando que las víctimas, por temor huyeran, del lugar; mientras tanto el imputado se mantenía al interior del recinto revisando las especies, bajando las cortinas de éste, de igual manera el imputado se acerca a la caja fuerte que se encontraba en el lugar intentando abrir ésta última, mientras se encontraba el Código: VXJEXXQNDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl trabajador CHRISTOPHER GUILLERMO KRAUZ PUEBLA, quien logra huir del lugar, dando los trabajadores aviso a carabineros, procediéndose a la detención del imputado. Calif jurídica : Constituye el delito de Robo con Intimidación del artículo 436 del Código Penal, autor, en grado frustrado. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 68 bis, 69, 70, 436 y 442 N°1 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: i.- Que se condena a LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ, a la pena de 61 días de presidio menor en su mínimo y a la accesoria legal de sus
Fallo
se declara: i.- Que se condena a LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ, a la pena de 61 días de presidio menor en su mínimo y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito de Robo en Lugar No Habitado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 7 de marzo 2023. Se hace presente que el sentenciado se encuentra privado de libertad, sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo al efecto un abono de 286 días, por lo que la pena antes referida se dará por cumplida, quedando un salgo de 225 días. ii.- Que se condena a LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria legal inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de Robo con Intimidación en grado de ejecución frustrado, previsto y sancionado en el artículo artículo 436 del Código Penal, delito cometido en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, el 21 de julio de 2023. Que atendido los antecedentes personales y sociales del sentenciado, en particular su extracto de filiación y antecedentes, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en l
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : cuatro de junio de dos mil veinticuatro. Imputado : LUIS MIGUEL CASTILLO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0015349585-8, con domicilio en Calle PADRE HURTADO Nº 15170, comuna de San Bernardo. Fiscal : GUILLERMO TAPIA MORALES. Defensor : DARÍO PANTOJA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 000
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