Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ FRANCO ALEXANDER GIORGINO ALDUNCE PINO

Rol

O-6995-2023

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 1 de septiembre de 3, aproximadamente 1 :15 horas, en Avenida Luis Emilio Recabarren al llegar al pasaje 8, sexto Sector Playa Ancha, Valparaíso, Carabineros fiscalizó al automóvil P.P.U. PPRD-7 , con vidrios polarizados Intentando sus ocupantes darse a la fuga bloqueándole la huida con el vehículo Policial, al descender sus ocupantes comienzan un forcejeo con Carabineros, oportunidad en que el conductor del vehículo, el acusado FRANCO ALEXANDER GIORGINO ALDUNCE PINO, forcejeó con el Cabo ° Gustavo Ramírez Parra agrediéndolo y cayendo ambos al suelo, en tanto el copiloto, el acusado MAURICIO ALEJANDRO AGUILERA HERNÁNDEZ, le lanzó una patada al Sargento 1ro Mario Martínez Puebla resultando con lesiones de carácter leve consistentes en: “abrasión en mano derecha con dolor a la palpación, contusión mano derecha” En tanto, el otro funcionario de carabineros y víctima Ramírez Parra con lesiones consistentes en “dolor en el hombro izquierdo y limitación a la movilidad contusión de hombro izquierdo”, también clínicamente leves Al revisar el vehículo se sintió un olor a Marihuana, constatando que ambos imputados mantenían, transportaban y portaban, sin la respectiva autorización, en la guantera del vehículo en un bolso color negro, 7 bolsas de nylon transparente contenedoras de , 3 gramos netos de MDMA, bolsas de nylon transparente contenedoras de 1 77 gramos netos de Ketamina, 1 bolsa de nylon transparente contenedora de 3 1 gramos netos de Ketamina, 1 bolsa de nylon transparente contenedora de 11 9 gramos netos de Cafeína, 1 bolsa de nylon transparente contenedora de 1 53 gramos netos Cannabis Sativa y, además, $ 3 8 pesos en dinero en efectivo Droga destinada a su comercialización y distribución. Y no para su consumo personal próximo y exclusivo en el tiempo” Valparaíso, seis de junio de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Solo se transcriben las disposiciones legales aplicables y la parte resolutiva de la sentencia. La sentencia íntegra se encuentra registrada en el audio pertinente.

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 11 N°9, 15, 3 del Código Procesal Penal, artículo 16 bis N° del Código de Justicia Militar, artículo de la Ley 18 16, artículo de la Ley ; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a FRANCO ALEXANDER GIORGINO ALDUNCE PINO, cédula nacional de identidad Nº 778 -7, ya individualizado, en calidad de autor del delito de maltrato de obra carabineros previsto y sancionado en el artículo 16 bis N° del Código de Justicia Militar, en grado de consumado, hecho ocurrido en esta ciudad con fecha 1 de septiembre de 3, en perjuicio del cabo segundo Gustavo Ramírez Parra, a sufrir la PENA corporal de ( ) CUARENTA Y UN DÍAS DE Código: NWMLXXXHRZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRISIÓN A SU GRADO MÁXIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo de oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se CONDENA a FRANCO ALEXANDER GIORGINO ALDUNCE PINO, ya individualizado, en calidad de autor del delito del tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades en grado consumado en su modalidad de posesión, guarda y tenencia previsto y sancionado en el artículo de la Ley , hecho cometido con fecha 1 de septiembre de 3 también en esta ciudad a sufrir la PENA corporal de ( ) SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, esta última que se tiene por pagada y, en consecuencia, por cumplida por

Texto Completo (Preview)

RIT - RUC - IMPUTADO: FRANCO ALEXANDER GIORGINO ALDUNCE PINO, cédula nacional de identidad Nº 778 -7, edad años, fecha de nacimiento 7 de junio de 1, domiciliado en F-98, 181 , Santa Rosa, camino Laguna Verde, Valparaiso. Hechos: “El día 1 de septiembre de 3, aproximadamente 1 :15 horas, en Avenida Luis Emilio Recabarren al llegar al pasaje 8, sexto Sector Playa Ancha, Valparaíso, Carabineros fis

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