Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO

Rol

I-189-2019

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos constatados y en infracción, ante lo cual la representante del empleador solicitó un tiempo para indicar si se allanaban a corregir. Transcurrido el plazo otorgado (20 de junio 2019) se informó a la fiscalizadora que la universidad no se allanaría a corregir, situación que derivó en la aplicación de la multa 1184/2019/80, consistente en: 1 NO CONSIGNAR POR ESCRITO EN EL CONTRATO DE TRABAJO O EN DOCUMENTO ANEXO LA MODIFICACIÓN DE LA ESTIPULACIÓN REFERIDA A LA JORNADA DE TRABAJO, Y LA REMUNERACION,RESPECTO DE LOS TRABAJADORES RODRIGO VALDES GUAJARDO, CLAUDIA ORTIZ NAVARRO, OSCAR ARAVENA ORTEGA, ROBERTO ROCO ZUÑIGA, JUAN PIAZZE RUBIO, ROLANDO CARMONA CAMPOS, MARIA ANGELICA WATSON ROJAS, IVAN GARCIA CONTRERAS, GLORIA MUCIENTES ARELLANO, CARLA VALLE SANGUINETTI, MONICA VERGARA VAISANEN, VIVIANA BRIONES VALENTIN, LUIS DIAZ PARRA, ALEJANDRA HIDALGO BECERRA Y PAOLA SANCHEZ GUERRERO. En la fiscalización se pudo apreciar una conducta de no consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo, en relación a la jornada de trabajo y remuneraciones de los trabajadores. 2 NO PAGAR ÍNTEGRAMENTE LAS REMUNERACIONES CONSISTENTES EN "HAB OTRAS UNIDADES (XXX)" *, RESPECTO DE LOS TRABAJADORES, PERÍODOS Y MONTOS QUE SE INDICAN EN ANEXO DE MULTA, QUE ES PARTE INTEGRANTE DE ESTA RESOLUCIÓN. Respecto de esta materia, tras revisar y analizar los comprobantes de pago de remuneraciones del período enero 2018 a abril 2019 de los trabajadores de la muestra seleccionada, y contrastarlos con los contratos de trabajo y anexos respectivos, se cotejó los montos pagados por concepto de HAB OTRAS UNIDADES (XXX), en los meses de marzo y abril de 2019, en relación a lo pagado hasta el mes de diciembre de 2018, constatando una disminución en los pagos realizados, respecto de algunos trabajadores involucrados en la revisión. En definitiva, se constató que el empleador no pagó íntegramente las remuneraciones consistentes en bonificación denominadas "HAB OTRAS UNIDADES (XXX)", respecto

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA, representada por Darcy Fuenzalida O'Shee, todos domiciliados en avenida España N° 1680, Valparaíso, interpone reclamo judicial en contra de Resolución de multa N° 1184/19/80, de 08 de Julio de 2019, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, representada por don Alejandro Mella Bórquez, Inspector Provincial del Trabajo de Valparaíso funcionario público, ambos domiciliados en Blanco Sur N° 1281, Valparaíso, solicitando al tribunal acogerla en todas sus partes y dejarla sin efecto. En subsidio, solicito se rebaje prudencialmente las multas conforme las atribuciones del tribunal. SEGUNDO: Que, la reclamante esgrimió los siguientes fundamentos en sustento de su acción: La resolución que se impugna, de 08 de Julio de 2019, le impuso tres multas, la primera de ellas, por 40,00 UTM y las otras dos por a 60,00 UTM, cada una. La resolución de multa que se impugna, es del siguiente tenor: 1.- No consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a la jornada de trabajo, y la remuneración, respecto de los trabajadores Rodrigo Valdés Guajardo, Claudia Ortiz Navarro, Oscar Aravena Ortega, Roberto Roco Zúñiga, Juan Piazze Rubio, Rolando Carmona Campos, María Angélica Watson Rojas, Iván García Contreras, Gloria Mucientes Arellano, Carla Valle Sanguinetti, Mónica Vergara Vaisanen, Viviana Briones Valentín, Luis Díaz Parra, Alejandra Hidalgo Becerra y Paola Sánchez Guerrero. 2 - No pagar íntegramente las remuneraciones consistentes en "Hab otras unidades (XXX)", respecto de los trabajadores, períodos y montos que se indican en anexo de multa, que es parte integrante de esta Resolución. 3.- No llevar, para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo ordinarias o extraordinarias, un registro de asistencia del personal, situación que afectó a los trabajadores Rodrigo Valdés Guajardo, Claudia Ortiz Navarro, Oscar Aravena Ortega, Roberto Roco Zúñiga, Juan Piazze Rubio, Rolando Carmona Campos, María Angélica Watson Rojas, Iván García Contreras, Gloria Mucientes Arellano, Carla Valle Sanguinetti, Mónica Vergara Vaisanen, Viviana Briones Valentín, Luis Díaz Parra, Alejandra Hidalgo Becerra y Paola Sánchez Guerrero. Se incluye a trabajadora Catalina del Campo Mendoza. En cuanto a la primera de las multas (no consignar por escrito en el contrato o documento anexo la modificación). Reconocer que hasta la fecha de las mutas, la Universidad Técnica Federico Santa María, específicamente el departamento de Estudios Humanísticos donde prestan servicios los trabajadores que se indican en el multa, no velaba por el cumplimiento del procedimiento para la firma de los contratos, anexos y modificaciones de contratos respectos de sus docentes y “colaboradores” que ya venían prestando servicios en semestres anteriores. La Universidad siempre entendió y siempre funcionó en clima basado en la buena fe

Fallo

se declara: I.- Que, se hace lugar a la reclamación, únicamente, en cuanto se rebaja la sanción impuesta en el numeral 2° de la resolución N° 1184/19/80, de 08 de Julio de 2019 al equivalente a 10 UTM, manteniéndose las sanciones 1 y 3 de la referida resolución, en el valor impuesto por la misma. II.- Que, cada parte soportará sus propias costas. Notifíquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. RIT I-189-2019 RUC 19- 4-0209023-8 Pronunciada por XIMENA ADRIANA CARCAMO ZAMORA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso.

Texto Completo (Preview)

Valparaíso, nueve de junio de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA, representada por Darcy Fuenzalida O'Shee, todos domiciliados en avenida España N° 1680, Valparaíso, interpone reclamo judicial en contra de Resolución de multa N° 1184/19/80, de 08 de Julio de 2019, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso, rep

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