C/ SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA
Rol
O-1204-2024
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento del imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos, efectuada durante la audiencia de procedimiento simplificado, legalmente representado por la defensor penal público señora VICTORIA ACEVEDO FARÍAS, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto del requerimiento, y que en él ha correspondido al imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, que ha sido establecido en este proceso: El tres de mayo de de dos mil veinticuatro, a las 18.30 horas en el supermercado Líder de Avenida Neptuno 720 en Lo Prado, el imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño en la sección de perfumería, artículos para bebés avaluados en la suma de $30.320.- los que sacó de la tienda sin pagar el valor a través de la caja 19. Código: MCBXXXVBDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 9°, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 50, 70, 432 y 494 bis del Código Penal; y en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que el imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, cédula de identidad N° 20.333.614-4, nacido el día 18 de noviembre de 1999, chileno, soltero, trabajador, domiciliado en Pasaje ININI Nº 1193, comuna de Pudahuel, es CULPABLE en el cargo criminal formulado en el requerimiento del Ministerio Público, y se CONDENA al imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA en calidad de AUTOR de la falta de HURTO DE ESPECIES en perjuicio de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA, en grado CONSUMADO, perpetrada el día tres de mayo de de dos mil veinticuatro en la comuna de Lo Prado de la ciudad de Santiago, a una MULTA DE UN T
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que en la causa criminal RUC 2400506224-8, RIT 1.204-2024, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la fiscal adjunto del Ministerio Público señora MARIANNE MONLEZUN CUNLIFFE, actuando por el Ministerio Público, y la admisión expresa de responsabilidad criminal en los hechos materia del requerimiento del imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA en forma libre y con pleno conocimiento de sus derechos, efectuada durante la audiencia de procedimiento simplificado, legalmente representado por la defensor penal público señora VICTORIA ACEVEDO FARÍAS, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se cometió el hecho punible objeto del requerimiento, y que en él ha correspondido al imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor ejecutor, que ha sido establecido en este proceso: El tres de mayo de de dos mil veinticuatro, a las 18.30 horas en el supermercado Líder de Avenida Neptuno 720 en Lo Prado, el imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño en la sección de perfumería, artículos para bebés avaluados en la suma de $30.320.- los que sacó de la tienda sin pagar el valor a través de la caja 19. Código: MCBXXXVBDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 5º, 7º, 9°, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 50, 70, 432 y 494 bis del Código Penal; y en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que el imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA, cédula de identidad N° 20.333.614-4, nacido el día 18 de noviembre de 1999, chileno, soltero, trabajador, domiciliado en Pasaje ININI Nº 1193, comuna de Pudahuel, es CULPABLE en el cargo criminal formulado en el requerimiento del Ministerio Público, y se CONDENA al imputado SERGIO GUSTAVO FIGUEROA SILVA en calidad de AUTOR de la falta de HURTO DE ESPECIES en perjuicio de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA, en grado CONSUMADO, perpetrada el día tres de mayo de de dos mil veinticuatro en la comuna de Lo Prado de la ciudad de Santiago, a una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que SE TIENE POR CUMPLIDA, para todos los efectos legales, con el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad en calidad de detenido con ocasión de esta causa criminal, durante el día cuatro de mayo de de dos mil veinticuatro, que corresponde a UN DÍA. II.- Que se EXIME al sentenciado de pagar las costas de la causa, en razón a que ha evitado la realización de un juicio oral y público. Código: MCBXXXVBDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial III.- Que los intervinientes han RENUNCIADO EXPRESA
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Poder Judicial Santiago, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que en la causa criminal RUC 2400506224-8, RIT 1.204-2024, sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la fiscal adjunto del Ministerio Público señora MARIANNE MONLEZUN CUNLIFFE, actuando por el Ministerio Público, y la admisión expresa de responsabilidad crim
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