13º Juzgado de Garantía de Santiago

M P C/ HERCEL ANTONIO HERRERA GUTIÉRREZ

Rol

O-2021-2021

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Desde una fecha indeterminada, pero a lo menos principios del año 2019 y hasta el día de su detención, los imputados JUAN PABLO ULLOA CASTRO y HERCEL ANTONIO HERRERA GUTIERREZ, lideraron una asociación ilícita dedicada principalmente a la comisión de delitos de receptación de vehículo motorizado, falsificación de instrumento público, uso malicioso de instrumento público y estafa. En el contexto de dicha actividad ilícita, los imputados crearon para dichos vehículos, historias ficticias con el fin de darles una apariencia de legalidad que permitiera su comercialización, evitando que los compradores y el sistema de justicia criminal advirtiera su origen ilícito. Con esa finalidad crearon una serie de sociedades fantasmas o de papel dedicadas a la venta de automóviles robados o sobre los que pesaba una garantía real que impedía su comercialización, los que fueron blanqueados, e inscritos en el Servicio de Registro Civil como nuevos, para luego ser ofrecidos a través de diversos portales de internet. Durante el mismo periodo, la provisión de los vehículos robados en la asociación estuvo a cargo del imputado CLAUDIO TRONCOSO CHAVEZ, quien los suministraba materialmente, a fin de que estos sean clonados, para posteriormente participar en la venta de dichos vehículos a terceras personas. Por su parte los imputados ALEJANDRO ANTONIO MEYER CÓDOVA Y JAIME ANDRES SAN MARTIN INOSTROZA desde una fecha indeterminada pero a lo menos desde principios del año 2019 y hasta la fecha de sus detenciones, bajo la dirección de ULLOA CASTRO Y HERRERA GUTIERREZ , se incorporaron a esta asociación ilícita, el testaferro MEYER CORDOVA fungió en calidad gerente General de la Automotora Bellavista SPA, empresa de fachada, la cual inscribió 14 vehículos cuyos números de chasis y motor fueron adulterados con el fin de ser vendidos a terceras personas. Mientras que SAN MARITN INOSTROSA fungió como Gerente General de la Automotora Vitacar Automotriz SPA, empresa de fachada, la que es utiliza

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don RAÚL ANDRÉS ZAVALA VEGA, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la pena de MULTA de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, por el delito consumado de Receptación de vehículos motorizados en carácter de reiterado, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, y a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por el delito consumado de Asociación delictiva, previsto y sancionado en el artículo 292 del Código Penal, hechos ocurridos desde una fecha indeterminada, pero a lo menos principios del año 2019 y hasta el día de su detención en la comuna de Macul, sin costas. III. Que la pena de por el delito de Receptación de vehículos motorizados se da por reproducida por el tiempo que estuvo privado de libertad en razón del cumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario, esto desde el día 06 de junio de 2021 hasta el 03 de enero de 2023. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta por el delito de Asociación delictiva, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos del artículo 10 y siguientes de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de 80 horas de pr

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DECIMOTERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Av. Pedro Montt N° 1606, Edificio F, Piso 6, Santiago - Teléfono 229758000 TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2100308069-K RIT : 2021 – 2021 IMPUTADO : RAÚL ANDRÉS ZAVALA VEGA Cédula de Identidad : 18.676.026-3 Nacionalidad : Chilena Fecha de nacimiento : 14-02-1994 Domicilio : OSCAR BONILLA N° 1122, Puente Alto PROCEDIMIENTO : ABREVIA

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