Juzgado de Garantía de San Javier.

MP C/ RAFAEL MARCO OYARZÚN GUTIÉRREZ

Rol

O-1123-2022

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. Sentencia. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2200892858-8 1123-2022 CAUSA.: R.U.C=2200892858-8 R.U.I.=1123-2022 Fecha de deliberación 03-junio-2024 Juez redactor HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA RELACIONES.: OYARZÚN GUTIÉRREZ RAFAEL MARCO / CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRA Resultado Condenado. RELACIONES.: OYARZÚN GUTIÉRREZ RAFAEL MARCO / CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUESTA ART209 Resultado Condenado. RELACIONES.: OYARZÚN GUTIÉRREZ RAFAEL MARCO / CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRA Procedimiento Simplificado. RELACIONES.: OYARZÚN GUTIÉRREZ RAFAEL MARCO / CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUESTA ART209 Procedimiento Simplificado. Código: XJLBXXXLTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl San Javier, tres de junio de dos mil veinticuatro Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 30, 70 del Código Penal; artículos 194 y 209 de la ley de 18.290; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a RAFAEL MARCO OYARZÚN GUTIÉRREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; por su responsabilidad en el delito previsto y sancionado en el inciso 1° del artículo 209 de la ley de tránsito; perpetrado dentro de la jurisdicción de este Tribunal con fecha 09 de septiembre del año 2022, en el que tuvo participación en calidad de autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. II.- Que, SE CONDENA a RAFAEL MARCO OYARZÚN GUTIÉRREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESID

Fundamentos

fundamentos motivo octavo de esta sentencia. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Código: XJLBXXXLTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad.- RUC N° 2200892858-8 RIT N° 1123-2022 Dictada por HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. No existe renuncia de los recursos y plazos legales. Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio respectivo. Dirigió la audiencia y resolvió - HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Código: XJLBXXXLTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-06T14:52:51-0400

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 11 N°9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 30, 70 del Código Penal; artículos 194 y 209 de la ley de 18.290; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a RAFAEL MARCO OYARZÚN GUTIÉRREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; por su responsabilidad en el delito previsto y sancionado en el inciso 1° del artículo 209 de la ley de tránsito; perpetrado dentro de la jurisdicción de este Tribunal con fecha 09 de septiembre del año 2022, en el que tuvo participación en calidad de autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. II.- Que, SE CONDENA a RAFAEL MARCO OYARZÚN GUTIÉRREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO; más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; por su responsabilidad en el delito previsto y sancionado en el artículo 194 de la ley de tránsito; perpetrado dentro de la jurisdicción de este Tribunal con fecha 09 de septiembre del año 2022, en el que tuvo participación en calidad de autor y que se encuentra en grado de desarrollo consumado. III.- Que, las penas corporales a que ha sido condenado, no se sustituyen, deberá cumplirlas de manera efectiva con posterioridad a la pe

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia. Fecha San Javier., tres de junio de dos mil veinticuatro Magistrado HÉCTOR ANDRÉS MARDONES ECHEVERRÍA Fiscal VIVIANA GONZALEZ TORO Defensor ESTEBAN AREVALO TAPIA por CAROLINA VILLALOBOS Hora inicio 09:29AM Hora termino 09:45AM Sala SALA 1/eba Tribunal Juzgado de Garantía de San Javier. RUC 2200892858-8 RIT 1123 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA RAFAEL MAR

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