MP C/ OXCIEL ALEXANDER CANALES FIGUEROA
Rol
O-3024-2024
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 26 de abril de 2024, alrededor de la 12:50 horas, al interior del supermercado Santa Isabel, ubicado en Av Brasil 1602, Valparaíso, el imputado Oxciel Alexander Canales Figueroa sustrajo especies consistente en paquetes de carne del referido local comercial, avaluados en la suma de $34.084, los que ocultó en sus ropas y que no pagó cuando hacia abandono del supermercado, siendo sorprendido por los guardias de seguridad”. Valparaíso, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los artículos , °, N° , 2, N° del Código Penal; artículos , °, y siguientes, 29 , 8, 88 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a OXCIEL ALEXANDER CANALES FIGUEROA, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado frustrado, supuestamente perpetrado alrededor de las 2: horas del 2 de abril del año 2 2 , en perjuicio del supermercado Santa Isabel, ubicado en Avenida Brasil 2 de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para iniciar y proseguir la persecución penal es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusieran recursos procedentes. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez titular de Garantía de Valparaíso. Código: CWFEXXCTXTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-09T20:00:21-0400
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a OXCIEL ALEXANDER CANALES FIGUEROA, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado frustrado, supuestamente perpetrado alrededor de las 2: horas del 2 de abril del año 2 2 , en perjuicio del supermercado Santa Isabel, ubicado en Avenida Brasil 2 de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivos plausibles para iniciar y proseguir la persecución penal es liberado del pago de costas. Regístrese y archívese en su momento si no se interpusieran recursos procedentes. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez titular de Garantía de Valparaíso. Código: CWFEXXCTXTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-09T20:00:21-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° - // C/ CANALES FIGUEROA, OXCIEL ALEXANDER, cédula de identidad N° RUT . . - , años de edad, nacido el de septiembre de 98 , cesante, domiciliado en Patria Vieja N° 9 , Paradero 9 ½ , Cerro Barón, Valparaíso. HECHOS: “El día 26 de abril de 2024, alrededor de la 12:50 horas, al interior del supermercado Santa Isabel, ubicado en Av Brasil 1602, Valparaíso, el imputado
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