MARÍN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA
Rol
C-1217-2021
Fecha
6 de abril de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece Maritza de las Mercedes Marín Ahumada, dueña de casa, domiciliada en calle Santos Medel N° 1564, comuna de Cerro Navia, quien interpone demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derecho de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por su alcalde Mauro Tamayo Rozas, ambos domiciliados en calle Del Consistorial N° 6645, comuna de Cerro Navia. Fundamentando su demanda, señala que está casada con Salvador Padrón Neira, quien adquirió durante la vigencia de la sociedad conyugal, el inmueble ubicado en calle Santos Medel N° 1564, comuna de Cerro Navia, según consta en inscripción de dominio vigente de fojas 22.948, número 30.505, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1985. Indica que el inmueble mantiene una deuda por derechos de aseo ascendente a la suma de $325.719, correspondiente al período comprendido entre las cuotas con vencimiento el 31 de marzo del año 2000 y el 30 de junio del año 2005, y que en atención al tiempo transcurrido sin ejercerse acción legal alguna que pudiese interrumpir la prescripción, existen un conjunto de cobros que carecen de exigibilidad establecida y que, por tanto se encontrarían prescritas. Cita los artículos 2492, 2493, 2514 y 2521 del Código Civil, indicando que las acciones que corresponden al cobro de estos derechos de aseo asociados al mes de marzo del año 2000, hasta el mes de junio de 2005, se encontrarían prescritas. Por lo que previa cita de disposiciones legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario por declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, representada legalmente por su alcalde Mauro Tamayo Rozas, ambos ya individualizados, y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos por el período compr
Fundamentos
CONSIDERANDO: I. EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO*: Que comparece Maritza de las Mercedes Marín Ahumada, quien ha interpuesto en esta sede civil demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, representada legalmente por su alcalde Mauro Tamayo Rozas, solicitando que en definitiva se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos por el período comprendido entre el 31 de marzo del año 2000 y el 30 de junio del año 2005 inclusive, ascendentes a $325.719 pesos, capital, reajuste e intereses incluidos, todo ello con expresa condena en costas. Basa su demanda en los fundamentos de hecho y de derecho ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. SEGUNDO*: Que la demandada, válidamente emplazada, se allanó a la demanda incoada en su contra, respecto de la prescripción por los derechos de aseo, sólo por el período comprendido entre el 31 de marzo de 2000 al 30 de junio de 2005, ambas fechas inclusive, sin costas, por cuanto tuvo motivo plausible para litigar. TERCERO*: Que sin perjuicio de lo anterior, la demandante acompañó al anexo del folio 1, los siguientes documentos, no objetados de contrario. a) Estado de deuda de derechos de aseo domiciliario emitido por la Municipalidad de Cerro Navia con fecha 05 de octubre de 2020, en el que se señala que la propiedad de calle Santos Medel N° 1564, rol 0301000017, que mantiene una deuda por la suma de $442.465, por los períodos cuyas fechas de vencimientos median entre 31 de marzo del año 2000 y 31 de octubre del año 2020. b) Certificado de dominio con vigencia al día 8 de enero del 2021 de la inscripción de fojas 22.948, número 30.505, año 1985 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. c) Certificado de matrimonio celebrado entre Salvador Padrón Neira y Maritza de las Mercedes Marín Ahumada, con fecha 22 de abril de 1954. d) Copia de cédula de identidad de Maritza de las Mercedes Marín Ahumada, RUT 9.613.369-3 CUARTO*: Que del análisis de los documentos acompañados, se observa que el inmueble ubicado en calle Santos Medel N° 1564, comuna de Cerro Navia, mantiene una deuda con la Municipalidad de Cerro Navia por las cuotas cuyas fechas de vencimiento van del día 31 de marzo del año 2000 y 31 de octubre del año 2020, solicitando la actora que se declaren prescritas por esta vía las acciones destinadas a obtener el pago de las cuotas por el período comprendido entre el 31 de marzo del año 2000 y el 30 de junio del año 2005 inclusive, ascendentes a $325.719 pesos, capital, reajuste e intereses incluidos, con costas. QUINTO*: Que en nuestro ordenamiento jurídico y, para lo que interesa a la litis, la prescripción es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales; y de conformidad
Fallo
por tanto se encontrarían prescritas. Cita los artículos 2492, 2493, 2514 y 2521 del Código Civil, indicando que las acciones que corresponden al cobro de estos derechos de aseo asociados al mes de marzo del año 2000, hasta el mes de junio de 2005, se encontrarían prescritas. Por lo que previa cita de disposiciones legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario por declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, representada legalmente por su alcalde Mauro Tamayo Rozas, ambos ya individualizados, y en definitiva declarar la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos por el período comprendido entre el 31 de marzo del año 2000 y el 30 de junio del año 2005 inclusive, ascendentes a $325.719 pesos, capital, reajuste e intereses incluidos, todo ello con expresa condena en costas. Al folio 18, se celebró la audiencia de contestación y conciliación con la asistencia de ambas partes; ratificando la actora su demanda en todas sus partes, solicitando sea acogida; mientras que la demandada contestó su demanda a través de escrito ingresado el 24 de marzo de 2021, el cual solicitó que se tuviera como parte integrante, a lo que el tribunal accedió, siendo del siguiente tenor: Previo resumen de la demanda, se allanó a ella, respecto de la prescripción por los derechos de aseo, sólo por el período comprendido entre el 31 de marzo de 2000 al 30 de junio de 2005, ambas fechas
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1217-2021 CARATULADO : MAR N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CERROÍ NAVIA Santiago, seis de Abril de dos mil veintiuno.- VISTOS: Al folio 1, comparece Maritza de las Mercedes Marín Ahumada, dueña de casa, domiciliada en calle Santos Medel N° 1564, comuna de Cerro Navia, quien interpone demanda de prescripción extintiva d
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