3º Juzgado de Letras de la Serena

NAVARRO/RAMÍREZ

Rol

C-269-2021

Fecha

6 de abril de 2021

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 16 de febreroó de 2021, comparece Alejandro Humberto Navarro Alcayaga, abogado, domiciliado en calle Pedro Pablo Mu oz N° 282 dpto B, Lañ Serena, interponiendo demanda en juicio sumario por cobro de honorarios profesionales, en contra de Sady Etelvina Ram rezí Ram rezí , domiciliada en Sitio N° 4, Parcela 61, Vegas Sur, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Se ala que en autos Rol C-4316-2017 del Segundo Juzgado deñ Letras de La Serena, fue nombrado Juez rbitro Partidor.Á Agrega que en dichos autos arbitrales, se declar constituido eló compromiso con fecha 15 de marzo de 2018. Relata que con fecha 28 de marzo de 2019, se dict el Laudo yó Ordenata, el que en su resoluci n sexta de fojas 115,

Fallo

se declara eló pasivo de la causa, corresponde a la suma de $80.000.000.- los cuales corresponden a los honorarios del Juez Partidor y de la se orañ Actuaria, debiendo soportar en proporci n a sus derechos laó demandada, la suma de $56.000.000.- para don Alejandro Navarro Alcayaga. Menciona que al efecto y para garantizar el cumplimiento de Foja: 1 la obligaci n se constituy hipoteca a favor del partidor y de laó ó actuaria, inscribi ndose a fojas 8334 N° 4597 del Registro deé Hipotecas del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena del a oí ñ 2019. Asegura que a la fecha, la demandada no ha solucionado su obligaci n, raz n que motiva la presente demanda.ó ó Refiere que el laudo y ordenata, tiene la naturaleza jur dica deí ser una sentencia y, en dicho sentido, obliga a las partes respecto de las cuales se pronunci .ó Expone que en el expediente arbitral, consta a fojas 117 y 118 que las partes de dicho compromiso, se notificaron expresamente de la sentencia y renunciaron a los plazos y recursos legales. Comenta que en dicho sentido, la sentencia arbitral, tiene m ritoé de cosa juzgada y obliga a las partes sobre las que se pronuncia. Afirma que, por ello, es indubitado que la demandada se encuentra obligada al pago de los honorarios convenidos, por lo que viene en demandar las sumas adeudadas. Hace presente que la acci n se encuentra plenamente vigente aló tenor de lo dispuesto en el art culo 2.521 del C digo Civil, por cuantoí ó los honorarios de jueces y abogados, presc

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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-269-2021 CARATULADO : NAVARRO/RAM REZÍ La Serena, seis de Abril de dos mil veintiuno VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 16 de febreroó de 2021, comparece Alejandro Humberto Navarro Alcayaga, abogado, domiciliado en calle Pedro Pablo Mu oz N° 282 dpto B, Lañ Serena, inte

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