Juzgado de Familia Melipilla

ANONIMIZADO

Rol

F-109-2023

Fecha

15 de septiembre de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que del mérito de los hechos puestos en conocimiento del Tribunal y teniendo en especial consideración opinión técnica que precede, se desprende que la denunciante no se encuentra en situación de riesgo y que no posee voluntad de perseverar en un procedimiento de violencia intrafamiliar, motivo por el cual se estima que no se hace necesaria la intervención judicial. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 8 N° 16, 81 y siguientes de la Ley N° 19.968; y normas pertinentes de la Ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar; se resuelve: - Que, se rechaza la denuncia...

Fallo

se resuelve: - Que, se rechaza la denuncia...

Texto Completo (Preview)

En Melipilla, a quince de septiembre del año dos mil veintitrés. Proveyendo a folio 20: Téngase presente asesoría técnica que precede. VISTOS Que del mérito de los hechos puestos en conocimiento del Tribunal y teniendo en especial consideración opinión técnica que precede, se desprende que la denunciante no se encuentra en situación de riesgo y que no posee voluntad de perseverar en un procedimien

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