TRANSELEC CONCESIONES S.A./
Rol
V-50-2020
Fecha
6 de abril de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a Folio 1, con fecha 07 de noviembre de 2020, comparece el Abogado Arturo Le Blanc Cerda, cédula nacional de identidad N° 10.601.441-8, en representación convencional de TRANSELEC CONCESIONES S.A., Sociedad del giro de la transmisión de energía eléctrica, RUT N°76.524.463-3, ambos domiciliados en calle Orinoco N°90, piso 14, de la Comuna de Las Condes, solicitando que conforme lo dispuesto en el artículo 67 del D.F.L. N°4/20.018, Ley General de Servicios Eléctricos, se autorice a su representada la toma de posesión material de los terrenos afectos a servidumbre ubicados en la Región de Los Lagos, Provincia de Osorno, Comuna de Purranque, denominado “Parcela número uno del proyecto de Parcelación Las Encinas”, de una superficie de 69.9 hectáreas, que forma parte de los inmuebles inscritos a fojas 151 N° 132 del año 2015, fojas 50 N° 49 del año 2015, fojas 525 vta N° 624 del año 2000 y fojas 19 N° 25 del año 1991, todas del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro en adelante el “Terreno ID 236”, de propiedad de don Julio Ramón Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.171.355-0; don Juan Alberto Ignacio Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N° 7.449.584-2; doña María Magdalena Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.838.615-0; Contango Consultoría e Inversiones Limitada, Cédula Nacional de Identidad N°9.776.941- 9; Asesoría e Inversiones Anquises S.A., Cédula Nacional de Identidad N°10.340.728-1; Inversiones Villemays Chile Limitada, Cédula Nacional de Identidad N°8.329.368-8; don Gonzalo Samuel Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.171.355-0; don Enrique Manuel Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.171.355-0; doña María del Carmen Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.171.355-0; don Gustavo Alejandro Covarrubias Fernández, Cédula Nacional de Identidad N°7.171.355-0, todos domiciliados para estos efectos en Parcela número uno del Proyecto de Parcelación Las Encinas, comuna de Purranque, provincia de Osorno; inmueble afecto a servidumbre legal eléctrica impuesta a favor de Transelec Concesiones S.A., para establecer un proyecto consistente en el tramo 1 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominado “Línea de Alta Tensión 2x500 kV Pichirropulli - Nueva RIT« » Foja: 1 Puerto Montt”, ubicado en la Región de Los Ríos, Provincia de Valdivia y Ranco, comunas de Paillaco, La Unión y Río Bueno; y en la Región de Los Lagos, Provincias de Osorno y Llanquihue, comunas de San Pablo, Osorno, Río Negro, Purranque, Frutillar y Llanquihue, todo en virtud de la concesión eléctrica definitiva otorgada por el Ministerio de Energía, mediante el Decreto Supremo N°32 de 22 de mayo de 2020, publicado con fecha 30 de mayo de 2020, en el Diario Oficial. SEGUNDO: Que el solicitante acompañó a su petición del folio 1: a) Copia del Decreto Supremo N°32 de fecha 22 de abril de 2020; b) Copia de reducción a escri
Fallo
fallo SEXTO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose en la especie con las exigencias legales establecidas en el artículo 67 del D.F.L N°4/20018 de 2016, Ley General de Servicios Eléctricos, al haberse acompañado por el solicitante copia del avalúo de la Comisión Tasadora y habiéndose consignado en la Cuenta Corriente del Tribunal la suma determinada por dicha Comisión, lo que consta en la certificación de fecha 09 de diciembre de 2020, sumado a que cualquier reclamo respecto del avalúo de la misma o de cualquier otra dificultad de cualquier naturaleza que surja con posterioridad, se encuentra a RIT« » Foja: 1 salvo, conforme lo señalan los artículos 67,68 y 71 de la misma Ley, se autorizará la toma de posesión material solicitada. Por tanto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 63 y siguientes del D.F. L. N°4/20018 de 2016, Ley General de Servicios Eléctricos; artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se AUTORIZA A TRANSELEC CONCESIONES S.A., a tomar posesión material de los terrenos afectos a servidumbre ubicados en la Región de Los Lagos, Comuna de Purranque, de una superficie 36.043 metros cuadrados, el que forma parte de los inmuebles inscritos a fojas 151 N° 132 del año 2015, fojas 50 N° 49 del año 2015, fojas 525 vta N° 624 del año 2000 y fojas 19 N° 25 del año 1991, todas del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro, en adelante el “Terreno ID 236”, de propiedad de Julio Ramón,
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Rio Negro CAUSA ROL : V-50-2020 CARATULADO : TRANSELEC CONCESIONES S.A./ Rio Negro, seis de Abril de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a Folio 1, con fecha 07 de noviembre de 2020, comparece el Abogado Arturo Le Blanc Cerda, cédula nacional de identidad N° 10.601.441-8, en representació
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