SEBASTIÁN ANDRÉS ÁLVAREZ ABALLAY C/ DILAM LEANDRO PÉREZ SUÁREZ
Rol
O-1043-2024
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 07 de febrero de 2024, aproximadamente a las 14:50 horas, personal de Gendarmería del C.D.P de Quillota, ubicado en esta ciudad, en calle Chacabuco N°999, en circunstancias que realizaban la extracción del interno DILAM PEREZ SUAREZ a la oficina de la guardia interna, para consultarle sí estaba siendo extorsionado, se le realiza un registro corporal, sorprendiendo al requerido DILAM PEREZ SUAREZ, con un elemento prohibido oculto entre sus pertenencia, un teléfono celular marca LG color petróleo con chip Entel, sin estar autorizada su tenencia. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en los artículos 11 N° 9, 12 N° 15, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 67, 304 ter del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás normas legales pertinentes se declara: I.- Que SE CONDENA a DILAM LEANDRO PÉREZ SUÁREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Tenencia de elementos tecnológicos no autorizado al interior de establecimiento penitenciario, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 07 de febrero de 2024. II.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la ley 18.216, no se le concede pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir en forma efectiva la pena impuesta, sin abonos. III.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto las medidas cautelares que se hayan impuesto. Código: XWGKXNRQELZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que no se condena en costas por cuanto el requerido renunciando su derecho a juicio oral ante el juez de garantía no causó gas
Fallo
se declara: I.- Que SE CONDENA a DILAM LEANDRO PÉREZ SUÁREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Tenencia de elementos tecnológicos no autorizado al interior de establecimiento penitenciario, ejecutado en grado de consumado, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 07 de febrero de 2024. II.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la ley 18.216, no se le concede pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir en forma efectiva la pena impuesta, sin abonos. III.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto las medidas cautelares que se hayan impuesto. Código: XWGKXNRQELZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que no se condena en costas por cuanto el requerido renunciando su derecho a juicio oral ante el juez de garantía no causó gastos al erario público. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad.- DICTADA POR LAURA JULIETA CATALAN PEÑA, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR RENUNCIA DE PLAZOS Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: XWGKXNRQELZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en ht
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2400442123-6 RIT: 1043 - 2024 CONDENADO: DILAM LEANDRO PÉREZ SUÁREZ RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0020082362-1 VILLA CAMPO ALEGRE II SECTOR ARTIFICIO N° 2, LA CALERA. DELITO: INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Quillota, cinco de junio de dos mil veinticuatro HECHOS: El día 07 de febrero de 2024, aproximadament
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