Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

FONTECILLA/MUNICIPALIDAD LO ESPEJO

Rol

T-212-2019

Fecha

7 de junio de 2022

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

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Hechos

VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. T-212-2019, RUC N° 19-4-0228348-6 por demanda referida a vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones, vigente la relación laboral. La demanda fue entablada por don ISAIAS FONTECILLA TORO, administrativo, grado 11º EMR, domiciliado para estos efectos en calle Profesora Amanda Labarca Nº 96, oficina 71 de la comuna de Santiago, quien lo hizo asistido por el abogado don Juan Gallardo Vera. Por su parte, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO, persona jurídica de derecho público, representada por don Miguel Bruna Silva, ambos domiciliados en Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez Nº 8321, comuna de Lo Espejo, compareció asistida por el abogado don Claudio Espinoza Guzmán. OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don ISAIAS FONTECILLA TORO interpuso demanda –en procedimiento de aplicación general- por vulneración de derechos fundamentales vigente la relación laboral en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO con el objeto que

Fallo

se declarare: 1.- Que la demandada vulneró las garantías constitucionales del demandante consagradas en el artículo 19 Nº 1 y 4 de la Constitución Política de la República, además de sufrir actos de discriminación basados en su actitud diligente frente a sus labores realizadas con probidad y lealtad, debiendo acogerse la presente acción por todas las causales invocadas; 2.- Que la demandada debe disponer el cese inmediato de las medidas de acoso denunciadas y restablecer sus funciones originalmente pactadas o a funciones análogas sin menoscabo alguno, bajo apercibimiento de multas o arrestos; 3.- Que se notifique la sentencia a la Inspección del Trabajo para su inscripción en el registro de infractores; 4.- Que se impongan a la demandada las multas respectivas; 5.- Que se efectúe al Sr Alcalde y demás jefaturas un curso sobre moobing o acoso laboral y protección del derecho a la integridad psíquica de los trabajadores no inferior a 4 horas lectivas; 6.- $14.943.588 por concepto de indemnización adicional contemplada en el artículo 489 inciso 3º del Código del Trabajo; 7.- $ 50.000.000 por concepto de daño moral. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios para la demandada con fecha 08 de mayo de 1992 conforme a un concurso público, desempeñando labores correspondientes al escalafón administrativo, grado 11º E.M.R formando parte de la dotación del personal de planta municipal, ejerciendo sus labores hasta la fecha. Agrega que con fecha 14 de junio de 2010 y de

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Tutela de Derechos Fundamentales. MATERIA: Demanda de Tutela de derechos fundamentales y cobro de prestaciones vigente la relación laboral. DEMANDANTE: Isaías Fontecilla Toro. DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de Lo Espejo RUC: 19-4-0228348-6 RIT: T-212-2019 _________________________________________/ San Miguel, siete de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Que ante este Juzgado d

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