Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ PALOMA CATALINA FLORES ARANCIBIA

Rol

O-2658-2023

Fecha

4 de junio de 2024

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES, USURPACION DE NOMBRE.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 12 de agosto del año 2023, a la 23:50 horas aproximadamente, Carabineros concurre calle Alempate con O’Higgins, Quilpué, toda vez que una conductora de aplicación doña Mary Carmen Pérez Seguera indicaba que la imputada no había cancelado el traslado a bordo de su vehículo por la suma de $10.000, solicitándose la identificación de la imputada, quien declaró llamarse Camila Andrea Chávez kirssteiner y dio cédula de identidad N° 20.851.007-K. Al incorporar a la aplicación “SIO” de Carabineros, la Sargento 1° Elizabeth Bascur Valdebenito se percata que la fotografía asociada al nombre dado por la fiscalizada no corresponde a la que tenía frente a ella y además ésta indicó no portar cédula entidad, por lo que es traslada a la unidad policial Segunda Comisaría de Quilpué, lugar en el cual en definitiva se identifica como Pamela Catalina Flores Arancibia con cédula de identidad N° 21.092.642-9, la que al revisar el sistema mantiene dos órdenes pendiente de los Juzgados Garantía de Viña Del Mar y Los Vilos, por lo que se procede a su detención. Luego es trasladada a los calabozos y al ser revisada por la Carabinero doña Javiera De La Guarda Urrutia la propina un golpe de mano en el rostro y la amenaza señalándole “en la calle nos vemos, te voy a pegar unos balazos paca culiá”. Delito: A juicio de la Fiscalía los hechos constituyen el ilícito de amenazas a Carabinero de servicio del artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado de desarrollo de consumado; usurpación de identidad, del artículo 214 del Código Penal; y estafa falta del artículo 494 N° 19, en los que a la imputada le cabe participación en calidad de autor. Circunstancias de responsabilidad: Respecto de la requerida Paloma Catalina Flores Arancibia concurre la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal del artículo 12 N° 15 del Código Penal, esto es, reincidencia genérica. Código: KVVTXNQTBHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://v

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT 2658- 2023 en contra Paloma Catalina Flores Arancibia, cédula de identidad N° 21.092.642-9, con domicilio en Avenida Longitudinal N° 2213, Belloto Norte Las Américas, Quilpué, por su responsabilidad en los siguientes hechos: “El día 12 de agosto del año 2023, a la 23:50 horas aproximadamente, Carabineros concurre calle Alempate con O’Higgins, Quilpué, toda vez que una conductora de aplicación doña Mary Carmen Pérez Seguera indicaba que la imputada no había cancelado el traslado a bordo de su vehículo por la suma de $10.000, solicitándose la identificación de la imputada, quien declaró llamarse Camila Andrea Chávez kirssteiner y dio cédula de identidad N° 20.851.007-K. Al incorporar a la aplicación “SIO” de Carabineros, la Sargento 1° Elizabeth Bascur Valdebenito se percata que la fotografía asociada al nombre dado por la fiscalizada no corresponde a la que tenía frente a ella y además ésta indicó no portar cédula entidad, por lo que es traslada a la unidad policial Segunda Comisaría de Quilpué, lugar en el cual en definitiva se identifica como Pamela Catalina Flores Arancibia con cédula de identidad N° 21.092.642-9, la que al revisar el sistema mantiene dos órdenes pendiente de los Juzgados Garantía de Viña Del Mar y Los Vilos, por lo que se procede a su detención. Luego es trasladada a los calabozos y al ser revisada por la Carabinero doña Javiera De La Guarda Urrutia la propina un golpe de mano en el rostro y la amenaza señalándole “en la calle nos vemos, te voy a pegar unos balazos paca culiá”. Delito: A juicio de la Fiscalía los hechos constituyen el ilícito de amenazas a Carabinero de servicio del artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado de desarrollo de consumado; usurpación de identidad, del artículo 214 del Código Penal; y estafa falta del artículo 494 N° 19, en los que a la imputada le cabe participación en calidad de autor. Circunstancias de responsabilidad: Respecto de la requerida Paloma Catalina Flores Arancibia concurre la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal del artículo 12 N° 15 del Código Penal, esto es, reincidencia genérica. Código: KVVTXNQTBHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PENA: 540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria del artículo 30 del Código Penal por el delito de amenazas a carabineros de servicio; la pena de540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria del artículo 30 del Código Penal por el delito de usurpación de identidad; y a la pena de multa de 4 UTM por estafa falta y por todos los ilícitos al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que, habiéndose dado lectura al requerimiento, el imputado no admitió responsabilidad en los hechos en la audiencia respectiva, por lo que se realizó el juicio con fecha de hoy. En dicha

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE al requerido Paloma Catalina Flores Arancibia, cédula de identidad N° 21.092.642-9, del cargo fiscal que lo sindica como AUTORA de los delitos de amenazas a Carabinero de servicio del artículo 417 del Código de Justicia Militar; usurpación de identidad, del artículo 214 del Código Penal; y estafa falta del artículo 494 N° 19 del Código Penal, por su responsabilidad en los hechos supuestamente ocurridos con fecha 12 de agosto del año 2023, en esta jurisdicción. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y Archívese en su oportunidad. RUC 2300872185-8 RIT 2658-2023 Dictada por don SEBASTIÁN ALFONSO BÁEZ HERNÁNDEZ, Juez Suplente del Juzgado Garantía de Quilpué. Código: KVVTXNQTBHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-05T11:34:25-0400

Texto Completo (Preview)

Quilpué, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Quilpué, la Fiscalía Local de esta ciudad, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en causa RIT 2658- 2023 en contra Paloma Catalina Flores Arancibia, cédula de identidad N° 21.092.642-9, con domicilio en Avenida Longitudinal N° 2213, Bellot

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