FISCAL C/ ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDÓN
Rol
O-153-2023
Fecha
22 de mayo de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 26 de Enero del año 2023, alrededor de las 20:00 horas, los requeridos CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO,JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE y ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON concurrieron, previamente concertados, hasta el domicilio de la víctima,MARCOS ENRIQUE LLANOS RAINAO, ubicado en la parcela N°2, sector Quiñaco, localidad de Dollinco, comuna de Lautaro, premunidos de una pistola fogueo manifestándole ‘‘ vengo a ver a tú papá conchatumadre me teni que tener la plata para el lunes o si no te vamos a reventar la casa’’ además agregaron ‘’ yo te la voy hacer corta y te voy a matar Código: MRSQXNPHBLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acá mismo’’ propinado otras amenazas ‘‘Ojala nos encontremos con tu papa en el camino porque ahí mismo lo vamos a reventar’’, causando temor en la víctima quien solicitó el auxilio de carabineros en cuanto los requeridos se retiran de lugar. En cuando se procede a la detención de los imputados, esto en calle Escala esquina O’Higgins, comuna de Lautaro, Carabineros encontró en poder del requerido Vasquez Roa un cuchillo marca tramontina de 20 centímetros, sin que el requerido pudieran justificar su porte...”. El Ministerio Público estimó que los hechos descritos constituyen el delito de AMENAZAS SIMPLES, prescrito y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, el delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código,se imputan en carácter de AUTOR grado de ejecución CONSUMADO.. A juicio de Fiscalía, respecto de los requeridos CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO, ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON, y JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE, no concurre circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.. Solicitó el Ministerio Público se impusiera a los requeridos CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO, ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON, y J
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Temuco, el día 22 de mayo de 2024, se llevó a cabo audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado, con la presencia del Fiscal Adjunto don Miguel Ángel Velásquez Droguett; de los requeridos don CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, cedula de identidad N° 12.710.525-1, 50 años, soltero, comerciante, con domicilio en calle Sargento Aldea N° 301, comuna de Temuco, don PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO, cedula de identidad N° 14.220.805-9, 42 años, soltero, ceramista, con domicilio en calle Fresia N° 01183, comuna de Temuco, don JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE, cedula de identidad N° 12.536.518-3, 50 años, casado, mecánico, con domicilio en calle Chepu N° 1680, comuna de Temuco, y don ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON, cedula de identidad N°12.706.705-8., 50 años, divorciado, chofer, con domicilio en Pasaje Langdon 4 N° 610, comuna de Temuco; todos representados por el Abogado Defensor Penal Público de Lautaro, don Roger González Altamirano. SEGUNDO: Que el requerimiento interpuesto por el Ministerio Público se fundó en los siguientes hechos: “El día 26 de Enero del año 2023, alrededor de las 20:00 horas, los requeridos CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO,JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE y ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON concurrieron, previamente concertados, hasta el domicilio de la víctima,MARCOS ENRIQUE LLANOS RAINAO, ubicado en la parcela N°2, sector Quiñaco, localidad de Dollinco, comuna de Lautaro, premunidos de una pistola fogueo manifestándole ‘‘ vengo a ver a tú papá conchatumadre me teni que tener la plata para el lunes o si no te vamos a reventar la casa’’ además agregaron ‘’ yo te la voy hacer corta y te voy a matar Código: MRSQXNPHBLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acá mismo’’ propinado otras amenazas ‘‘Ojala nos encontremos con tu papa en el camino porque ahí mismo lo vamos a reventar’’, causando temor en la víctima quien solicitó el auxilio de carabineros en cuanto los requeridos se retiran de lugar. En cuando se procede a la detención de los imputados, esto en calle Escala esquina O’Higgins, comuna de Lautaro, Carabineros encontró en poder del requerido Vasquez Roa un cuchillo marca tramontina de 20 centímetros, sin que el requerido pudieran justificar su porte...”. El Ministerio Público estimó que los hechos descritos constituyen el delito de AMENAZAS SIMPLES, prescrito y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, el delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código,se imputan en carácter de AUTOR grado de ejecución CONSUMADO.. A juicio de Fiscalía, respecto de los requeridos CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO, ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON, y JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE, no concurre circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.. Solicitó el Ministerio Público se impusiera a los reque
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 19 Nº 3 inciso 7º de la Constitución Política de la República, artículos 1°, 2, 7, 15, 18, 47 y 288 bis, 296 N° 3 del Código Penal; artículo 5 de la Ley 20.066; artículos 4, 282 y siguientes, 297, 340, 347, 389, 395 bis, 389 y 396 del Código Procesal Penal; y, demás normas pertinentes, SE RESUELVE: I.- Que se ABSUELVE a don CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, cedula de identidad N° 12.710.525-1, don PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO, cedula de identidad N° 14.220.805-9, don JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE, cedula de identidad N° 12.536.518-3, y don ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON, cedula de identidad N° 12.706.705-8, todos ya individualizados, de los hechos contenidos en el requerimiento por el delito de Amenazas Simples, supuestamente ocurridos en la comuna de Lautaro, 26 de Enero del año 2023.. II.- Que se ABSUELVE a don CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA, cedula de identidad N° 12.710.525-1, ya individualizado, de los hechos contenidos en el requerimiento por el delito de Porte de Arma Cortante o Punzante, supuestamente ocurridos en la comuna de Lautaro, 26 de Enero del año 2023. III.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar. Notifíquese, Regístrese y dése copia. Código: MRSQXNPHBLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT : 153 – 2023 RUC : 2300103703-K Dictada por don Eduardo Antonio
Texto Completo (Preview)
RIT : 153 – 2023 RUC : 2300103703-K MATERIA : AMENAZASSIMPLES Y PORTE ARMA BLANCA IMPUTADO : CLAUDIO ANDRÉS VASQUEZ ROA PATRICIO ARIEL BARRA CARRASCO JOSÉ LEONARDO SEPÚLVEDA MONSALVE ÁLVARO MARCELO CONTRERAS CELEDON RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : JUICIO SIMPLIFICADO Lautaro., veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado
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