Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ GRACIELA DEL CARMEN HERRERA RIVAS

Rol

O-596-2024

Fecha

4 de junio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GRACIELA DEL CARMEN HERRERA RIVAS, C.I. N° - , quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “El día cuatro de abril de dos mil veinticuatro, cerca de las doce a treinta horas, Graciela Herrera Rivas, ingresó al supermercado Líder Express de Avenida El Paraíso , Villa Alemana, para luego sustraer desde estanterías diversos productos de mercaderías, como galletas, mantequillas, desodorante, artículos de aceite y otros, avaluado en la suma de $34 9 , para luego traspasar las cajas de pago sin cancelar los productos siendo detenidas” La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta Código: SWBCXNLLPPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl lo dispuesto en el artículo 34 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 34 del Código Procesal Penal, es que

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 34 , 39 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.-Que se absuelve a GRACIELA DEL CARMEN HERRERA RIVAS.- II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar.- III.- Déjense sin efecto las cautelares. ARCHÍVESE POR AFINADA Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: SWBCXNLLPPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: SWBCXNLLPPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-04T11:49:17-0400

Texto Completo (Preview)

C/ GRACIELA DEL CARMEN HERFRERA RIVAS. DELITO: HURTO SIMPLE. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2400386911-K. RIT N° 96-2024. Villa Alemana, cuatro de junio del dos mil veinticuatro.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GRACIELA DEL CARMEN HERRERA RIVAS, C.I. N° - , quien

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica